Un Comisario entrerriano fue expulsado de la fuerza por cargar combustible con fondos de la Policía

El exjefe de una Comisaría del Departamento Uruguay fue condenado a tres años de prisión en suspenso y a inhabilitación perpetua por malversar fondos públicos.

Un Comisario entrerriano fue expulsado de la fuerza por cargar combustible con fondos de la Policía
Expulsan a Comisario entrerriano de la fuerza por cargar combustible con fondos de la Policía

Se trata de el exjefe de la Comisaría de Basavilbaso, departamento Uruguay en la provincia de Entre Ríos, quien fue destituido de su cargo y expulsado de la fuerza, luego de que se confirmara la sentencia que lo condenó a tres años de prisión en suspenso y a inhabilitación perpetua por malversar fondos públicos.

La medida se basa en la sentencia penal que lo encontró culpable del delito de peculado, por haber cargado combustible en su vehículo particular utilizando fondos destinados a la Policía. El Comisario se contrapuso a los deberes y obligaciones que recaen sobre todos los integrantes de la Fuerza Policial.

Finalizó el sumario administrativo contra el comisario principal Lorenzo José María Ramallo, que había sido condenado por malversación de fondos, se dispuso la destitución por exoneración del policía, además de la inscripción de la sanción en su legajo personal.

Comisaria de Basavilbaso
Comisaria de Basavilbaso

La investigación fue publicado en el Boletín Oficial Nº 28.170. El caso, que se remonta a finales de 2022, se inició por una denuncia de un Suboficial que alertó sobre un posible caso de peculado en la Comisaría de Basavilbaso.

Según el sumario, el Suboficial Adrián Felice manifestó que un playero de la Estación de Servicio “Axion” le informó que Ramallo había cargado 66 litros de combustible en su camioneta particular a cuenta de la Policía.

La investigación, que incluyó el secuestro de registros, tickets y libros de novedades de los móviles, junto con entrevistas a los playeros, arrojó que Ramallo había cargado combustible en su vehículo personal por un valor de $83.134 entre julio y diciembre de 2022, usando la cuenta oficial de la Comisaría.

Con esta investigación, el 21 de octubre de 2024, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de la provincia condenó a Ramallo como autor material del delito de peculado y la sentencia estableció una pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua.

Comisario entrerriano expulsado de la fuerza por cargar combustible con fondos de la Policía
Comisario entrerriano expulsado de la fuerza por cargar combustible con fondos de la Policía

La resolución judicial, a la que se hace referencia en el Decreto, detalla que: “Se acreditó que Ramallo le otorgó un destino diferente a los caudales públicos que le fueron confiados en su carácter de Jefe de Comisaría”.

El texto del decreto, firmado por el Gobernador Rogelio Frigerio y refrendado por el Ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia, subraya que: “La conducta de Ramallo se contrapuso a los deberes y obligaciones que recaen sobre todos los integrantes de la Fuerza Policial”.

La resolución de la exoneración se sustenta en el dictamen de la División Honorable Consejo de Disciplina Policial II, que propuso la sanción, y fue compartida por el Jefe de Policía.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia también respaldó la medida, señalando que, a pesar de su vasta antigüedad, Ramallo aprovechó su rol de superior para cometer el delito.

La resolución de la condena, que tomó firmeza el 5 de noviembre de 2024, demostró que el excomisario se “apropió de los caudales o efectos públicos que administrara”, y que “aseguraba su accionar al rendir las cuentas con las facturas que le extendían en la Estación de Servicios Basavilbaso S.R.L., sin aclarar que las cargas se efectuaban en su vehículo particular”.

El Decreto dispuso: “La destitución por exoneración del Comisario Principal Lorenzo José María Ramallo, a partir de la fecha del presente Decreto ello acorde a lo expuesto en los considerandos precedentes”. Fuente: APF.