Nuevo protocolo para atender a víctimas de violencia familiar a través de videollamada

Lo habilitó el Equipo Técnico de los Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género. Es una medida alternativa y expepcional en el marco de la pandemia.

Discriminación desde las redes contra Mariela Rizzo, hija del hombre de 73 años que falleció a causa de coronavirus, en Mendoza.
Discriminación desde las redes contra Mariela Rizzo, hija del hombre de 73 años que falleció a causa de coronavirus, en Mendoza.

El Equipo Técnico de los Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de la ciudad de Córdoba puso en marcha el Protocolo de Intervención en Violencia Familiar en el marco de la Pandemia. Es una modalidad "piloto". Esto se da en el marco del aislamiento obligatorio y de la prestación del servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias.

Los lineamientos generales de actuación suponen la autorización a psicólogos y trabajadores sociales para desempeñar sus actuaciones a través de medios tales como el teléfono o las videollamadas. Siempre en base a la disponibilidad tecnológica de justiciables y profesionales.

El psicólogo o el trabajador social designado podrá establecer una comunicación telefónica con la persona denunciante a los fines de llevar a cabo una entrevista telefónica lo más completa posible. Este abordaje está previsto para aquellos casos en que no hay convivencia entre denunciante y denunciado.

Es una nueva alternativa y expepcional de intervención técnica que se diseñó con la colaboración de la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar (OVF), dependiente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Para ello, se tomaron en cuenta las características del fuero, los derechos de los justiciables en una temática compleja como la de violencia familiar y de género; así como la imposibilidad de llevar a cabo las intervenciones domiciliarias de forma interdisciplinaria.

En casos excepcionales, los Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género podrán requerir la intervención de la Policía Barrial a fin de que puedan recabar información.

La Policía Barrial podrá intervenir a fin de que puedan recabar información.
La Policía Barrial podrá intervenir a fin de que puedan recabar información.

Los agentes policiales utilizarán una la plantilla de seguimiento, denominada "encuesta a la víctima", establecida en el Acuerdo Reglamentario del TSJ N°1480. Luego, remitirán electrónicamente al juez, que resolverá de la manera más inmediata sobre las medidas cautelares que amerite el caso.