El concejal Carlos Quaranta del bloque Carlos Paz Inteligente, presentó ante el Concejo de Representantes un pedido de solicitud de informe sobre los controles llevados a cabo por el Municipio local ante las denominadas “fiestas clandestinas”, conforme a las medidas dispuestas y exigidas en el marco de este actual contexto de pandemia del coronavirus, y ante el avance de la tan mencionada “segunda ola”.
“Lo que queremos saber es cuántas denuncias fueron realizadas, qué tipo de intervención realizó el Municipio, que se remitan las actas realizadas durante los procedimientos. En fin, información pública sobre eventos que se siguen reiterando cuando estamos frente a la segunda ola de Covid-19 y nuestra ciudad ocupa el tercer lugar en cantidad de contagios”, expresó Carlos Quaranta.
Según plantea el proyecto recientemente presentado, lo que solicita es conocer “cuáles son las sanciones económicas aplicadas, sobre todo porque hace unos meses votamos una serie de medidas de fuerte impacto económico a quienes promuevan este tipo de eventos clandestinos sin la autorización municipal correspondiente”, agregó el edil.
Por último, Quaranta manifestó: “Debemos seguir trabajando en el cuidado y prevención de los contagios y este tipo de eventos multiplican los casos en un momento sumamente crítico. Todos debemos hacer un esfuerzo solidario por la salud y la vida de nuestros amigos, familiares, compañeros de estudio y de trabajo, ya ha sido mucho el dolor por el que tuvimos que atravesar pero lamentablemente esta pandemia no ha terminado”, completó el edil.
En cuanto al “proyecto de resolución” presentado el pasado 27 de abril, se consideraron cuatro principales artículos:
Artículo N°1: solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe en el término de diez (10) días, la cantidad de denuncias recibidas con motivo de la realización de actividades, eventos y/o fiestas de carácter diurno o nocturno en los últimos noventa (90) días, medio por el cual se receptó la denuncia y respuesta por parte de los funcionarios municipales del área a cargo de la intervención ante la denuncia recibida.
Artículo N°2: solicitara Departamento Ejecutivo Municipal informe en el término de diez (10) días, cantidad de hechos que en los últimos noventa (90) días requirieron la intervención del área correspondiente, qué tipo de acciones se llevaron adelante y copia de las actas confeccionadas por los funcionarios municipales a cargo de los procedimientos.
Artículo N°3: solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe en el término de diez (10) días, datos precisos acerca de domicilios, horarios, propietarios, poseedores, tenedores, locatarios y/o cualquier persona, sea física o jurídica que tenía bajo su cargo el inmueble donde se haya detectado una infracción a los Artículos 88 bis y 88 ter del Código de Faltas (Ordenanza N° 1.066), producidas durante los últimos sesenta (60) días.
Artículo N°4: solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe en el término de diez (10) días, multas aplicadas, precisando montos determinados por la autoridad de aplicación y efectivamente recaudados, planes de pago acordados con las personas sancionadas y cumplimiento de los plazos, y montos convenidos, realizados en los últimos noventa (90) días.
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