El jefe comunal en un detallado fundamento del veto sostiene que la normativa que pretendía poner en práctica el Concejo Deliberante por iniciativa del edil Rubén Martínez, ataca el principio de unilateralidad y de gratuidad y con ello a la donación en sí misma.
Además, la norma posee puntos oscuros que podrían acarrear inconvenientes a futuro.
“Hay donación cuando una parte se obliga a transferir gratuitamente una cosa a otra y ésta lo acepta y que se remite simplemente a justificar la quita de un tributo municipal a los comercios”.
Se trata del proyecto de Ordenanza 47/2018 sancionado por el Concejo Deliberante en la Ordinaria 501 del día 10 de mayo del corriente año y que propone modificar el artículo 32 del Anexo I de la Ordenanza 6.129 –Tarifaria vigente - e incorporar una exención del pago de la Tasa de Comercio e Industria a "las panaderías" que realicen donaciones diarias de 5 kg. de sus "productos" a instituciones educativas y comedores barriales inscriptos en un registro especial a crearse en la Supervisión de Comercia y Bromatología de la Municipalidad de Caleta Olivia.
El intendente Facundo Prades sostiene que vista ligeramente la iniciativa, “deja una primera idea equivocada de estarse frente a una cuestión loable, de fácil, legal y clara concreción en pos de la alimentación de los más débiles de la sociedad y que contrariamente, al ser leída con esmero se pueden observar ambigüedades, equívocos, improvisaciones, defectos y puntos oscuros que no pueden ser pasados por alto, pues los mismos no son menores y no podrán ser salvados ulteriormente”.