La Procuraduría General de Brasil hizo ayer pública por primera vez su exigencia: el material sólo llegará hasta la Argentina si las autoridades se comprometen a no iniciar procesos judiciales contra los ejecutivos de la empresa que brindaron la información, aunque la incompatibilidad de las legislaciones complica la llegada de la documentación al país.
En Brasil rige el principio de indulgencia, a partir del cual se firmó un acuerdo con la empresa, cuyos ejecutivos colaboraron con la investigación a cambio de inmunidad judicial. Sin embargo, en Argentina la figura del arrepentido es limitada y de ninguna forma contempla la extinción de la acción penal.
En una conferencia de prensa conjunta, el fiscal brasileño explicó que para superar ese escollo se puede iniciar el proceso de cooperación previsto expresamente en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, especialmente la remisión de información espontánea. Y contó el caso de Cabo Verde, cuya legislación no permitía el acuerdo de lenidad. Al parecer, en la pequeña isla africana consideraron que el tratado de la ONU permite poner el acuerdo por encima de la legislación local, una interpretación con la que los fiscales argentinos no están de acuerdo.