La Cámara de Casación anuló la condena por evasión contra Leonardo Fariña

Los jueces entendieron que el empresario ya está siendo juzgado por los mismo hechos en la causada conocida como "la ruta del dinero K".

La Cámara de Casación anuló la condena por evasión contra Leonardo Fariña
La Cámara de Casación anuló la condena por evasión contra Leonardo Fariña\u002E (EFE)

La Cámara Federal de Casación Penal anuló este viernes la condena a cuatro años de prisión contra Leonardo Fariña por evasión impositiva en la compra de campos en Mendoza, al considerar que el acusado estaba siendo investigado por este mismo hecho en la mega causa conocida como "La Ruta del Dinero K".

Los jueces Carlos Mahiques, Eduardo Riggi y Liliana Catucci emitieron un duro fallo en el que advierten que "se vulneró el debido proceso legal" y se dictó una sentencia cuando había advertencias previas para que este juicio cesara.

Fariña, considerado “valijero” del empresario detenido Lázaro Báez, fue condenado en noviembre de 2017 por el Tribunal Oral Penal Económico 1 a cuatro años de prisión por la evasión de más doce millones de pesos en la compra de campos en Mendoza.

Esa condena por "evasión agravada" se dio después de que Fariña fuera partícipe de la compra de un campo en la localidad mendocina de Tupungato, el 16 de diciembre de 2010, por unos 5 millones de dólares en efectivo y que luego vendió en sólo 1.800.000 pesos.

Por esa operación, el ex marido de la vedette Karina Jelinek debió pagar 4.620.000 pesos del impuesto al valor agregado (IVA) de 2010 y de 7.700.000 de pesos en impuesto a las ganancias, pero no lo hizo.

Ese mismo tribunal ordenó abrir una investigación para determinar si hubo responsabilidad de Ricardo Echegaray, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en ese momento, por no cobrar esos impuestos.

Por este caso, Fariña estuvo detenido más de dos años entre 2014 y 2016 y fue liberado cuando ingresó al Programa de Protección de Testigos al declarar como arrepentido en la causa contra el empresario Lázaro Báez por lavado de dinero.

En una resolución de 52 páginas, la Cámara de Casación Penal resolvió hacer lugar al recurso deducido por la defensa de Fariña para anual el juicio oral y remitir las actuaciones al Tribunal Oral Federal nº 4.

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A partir de ahora, todo lo investigado en esta causa se sumará a la causa conexa (ruta del dinero K) que fue iniciada con anterioridad. Recién de este juicio saldrá una sentencia que condene o absuelva al imputado.

Riggi y Catucci señalaron en su voto que no queda duda alguna que el hecho que se le imputa a Fariña, relacionado con la compra de cinco campos en Mendoza y analizado como una evasión tributaria, estaba siendo investigado y formaba parte de la mega causa de la ruta del dinero K.

En esa otra causa, los hechos son investigados "como un episodio más de aquellos que integraron una serie de conductas perpetradas por varias personas dentro de una compleja estructura financiera que habría tenido por objeto 'lavar' dinero de origen espureo perteneciente al señor Lázaro Báez".

Además, dijeron las juezas, esta situación ya había sido advertida tanto por los integrantes de la Sala II de la Cámara Federal y la Sala IV de esta Cámara de Casación, quienes pusieron en evidencia que este legajo debía tramitar conjuntamente con la causa de mayor envergadura para evitar justamente esta doble persecución y el riesgo de existencia de decisiones judiciales contradictorias por los mismos episodios.

Sin embargo, en razón de ciertas decisiones de otros órganos jurisdiccionales y por distintas alternativas que se produjeron en los procesos, el objetivo de encauzar debidamente todo bajo el mismo proceso nunca se cumplió, extremo que ahora en esta causa nos impone acordar la razón a la defensa en cuanto a la superposición fáctica que alega.

Mahiques respaldó la posición de sus pares en su escrito, en el que además señaló que la decisión de llevar a cabo el juicio oral y dictar la sentencia de condena no correspondía de acuerdo a los pasos procesales que establece el Código.

“Se vulneró el debido proceso legal, afectó la buena administración de justicia y el principio de investigación integral. Esto condujo ciertamente a la posibilidad de que recaigan sentencias contradictorias y puso en serio peligro de afectación al principio del ne bis in ídem", escribió el magistrado.