Durante la etapa mas dura de la pandemia comenzó a implementarse la modalidad de pagos electrónicos para adquirir productos y servicios. Sin embargo, el sistema que permitió nuevas ventas también resultó en varias estafas. Uno de los casos fue el de una mujer de Río Negro que pedía mercadería y “pagaba” con comprobantes falsos.
Las estafas comenzaron el 14 abril de 2020. La mujer se comunicó por WhatsApp con un comercio para solicitar el presupuesto de dos juguetes. Fingió abonar a través de una transferencia bancaria y envió el comprobante de pago, sin embargo, este era falso. La mujer recibió el pedido en su domicilio y tuvo varias excusas para las damnificadas, cuando se dieron cuenta de lo que había sucedido.
Según informaron desde el medio El Cordillerano, la mujer utilizó esta misma modalidad reiteradas veces consiguiendo artículos de indumentaria, perfumería y juguetería. Pero su maniobra empezó a desarmarse cuando el 3 de mayo de 2020 intentó comprar indumentaria infantil por un total de 50 mil pesos, pero a pesar de haber enviado el “comprobante”, la dueña se negó a entregarle la mercadería hasta que el dinero sea acreditado en la cuenta bancaria. Incluso consultó con una amiga del banco y corroboró que el comprobante era falso.
Nuevamente el 4 de mayo de 2020 quiso comprar mercadería por alrededor de 20 mil pesos, pero desde el comercio se contactaron con el banco quienes los alertaron de la estafa. Se contactaron con la policía y cuando la mujer fue a retirar lo que había comprado, quedó detenida.
Tres de los hechos fueron encuadrados en la figura de estafa consumada y dos en estafa en grado de tentativa. Sin embargo, se llegó al acuerdo de suspender por el término de un año el proceso y poner a prueba a la mujer. Durante ese tiempo se la sometió al control de las pautas de conducta a cargo del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, fijó y mantuvo su domicilio y no cometió nuevos delitos.
Además, reparó los daños abonando cincuenta mil pesos, realizó trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público por el término de ciento cincuenta horas y se mantuvo alejada de los comercios afectados. Por estos motivos, se declaró extinguida la acción penal pública por los delitos cometidos y se dictó el sobreseimiento definitivo.