Entre los fundamentos, la Parlamentaria sostiene que mediante la Ley, "se cambió el régimen de movilidad por uno que produce en la actualidad un desfasaje de meses, al circunscribir los aumentos en dos momentos en el año -enero y julio-, lo cual carece de sustento legal alguno y produce un desfasaje de meses en la percepción del actual aumento decretado por la Gobernadora".
Cabe señalar que la iniciativa del MPF, parte de una iniciativa popular ingresada el primero de marzo pasado por jubilados de la Provincia de Tierra del Fuego. "La reducción que impone la Ley 1210 también nos disocia como sujetos merecedores de corresponder a una historia en nuestra vida como activos, y, desnaturaliza el haber jubilatorio", sostienen en la misiva presentada ante el Parlamento.
El texto que proponen modificar, norma lo siguiente: "'ARTÍCULO 6º.- Sustitúyese el artículo 46 de la Ley provincial 561, por el siguiente texto: 'Artículo 46.- El haber de los beneficiarios será móvil. La movilidad se efectuará en forma semestral, en los meses de enero y julio, en base a la variación salarial promedio de los escalafones utilizados para la determinación del haber inicial, producida en el semestre inmediato anterior al mes de aplicación de la movilidad.
La reglamentación establecerá las pautas para el cálculo del coeficiente de actualización semestral. Previo a cada actualización se dará intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia a los fines de que preste conformidad.'".