La Justicia santafesina ordenó al Estado provincial que le pague una indemnización a un damnificado de la inundación que en 2003 dejó la zona oeste de la ciudad bajo el agua. La suma asciente a $50.258.
Según consigna el sitio Uno Santa Fe, la decisión fue tomada por el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N°4 conformado por los magistrados María Georgina Rodríguez, Nora Vello y Gabriel Scaglia. El proceso se inició en 2005 y culminó catorce años después en favor de Rodolfo Oscar Langhi, que en su momento demandó al Estado por los perjuicios ocasionados por el gobierno provincial.
Los daños fueron causados en una propiedad ubicada en San Juan 1624, una de las zonas más afectadas por la inundación que se produjo el 29 de abril del 2003.
La resolución sienta un precedente importante ya que en la provincia hay alrededor de dos mil personas que demandaron al Estado provincial por lo ocurrido en aquel año y que aguardan una decisión de la Justicia.
El abogado Oscar Radquievich detalló que el "daño ocasionado en el domicilio" fue por un monto de $32.438,99. El hombre también pidió resarcimiento por los "daños ocurridos en bienes muebles" por un monto de $14.320.
Además, el propietario de la vivienda denunció al Estado por "daños derivados" o de otra naturaleza por $3.500 ya que los mismos comprendieron el alquiler de una oficina durante 16 meses a los fines de desempeñar labores profesionales, instalación de un nuevo teléfono, gastos de mudanza y alquileres frustrados de percepción por dos meses.
Por último, el demandante accionó contra la provincia por "Daño Moral" por una suma de $3000.
La reciente resolución judicial ordenó que el Estado provincial le abone a Langhi la suma de $50.258. En caso de que quede firme y no sea apelado por la parte demanda, no se pagará a valor dólar actual sino en pesos argentinos y contabilizando los intereses desde el día en que el agua dañó la propiedad de calle San Juan 1624.
En este sentido, el pago deberá aplicar al capital de condena "la tasa activa promedio de la que establece el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde el 29 de abril del 2003 (fecha del hecho) y hasta su efectivo pago".