La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de un aceite de oliva elaborado en San Rafael porque está rotulado con datos falsos.
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Mediante la resolución 3817/2021 que apareció publicada en el Boletín Oficial, el organismo nacional prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” del aceite de oliva sanrafaelino y ordenó su desnaturalización.
La disposición de la Anmat afecta a el “Aceite de oliva extra virgen, marca Olivares de Mendoza, Fraccionado por Francisco de Lucas, San Martín 1827, San Rafael, Pcia. de Mendoza, R.N.E.: 13003077, R.N.P.A.: 025-13029218”.
De acuerdo a la decisión de la Anmat, el aceite de oliva “carece de registros de establecimiento y de producto” y además está “falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE perteneciente a otra razón social y un RNPA perteneciente a otro producto, dado de baja y vencido en 2008”.
El aceite de oliva sanrafelino fue descubierto en Rosario durante un operativo de control sanitario.
Según la resolución de la Anmat “el Instituto del Alimento de la Municipalidad de Rosario realizó inspecciones en diferentes comercios y distribuidoras donde constató la comercialización del producto, tomó muestra oficial reglamentaria que arrojó como resultado que es antirreglamentaria y procedió al decomiso de unidades del producto investigado”.
A partir del descubrimiento realizaron “las consultas federales N° 6604 y 6605 a la Dirección de Nutrición E Higiene de las Alimentos de la provincia de Mendoza, a fin de verificar si el registro de establecimiento y de producto que se exhiben en el rotulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informa que, el RNE pertenece a otra razón social, y el RNPA a un producto dado de baja y vencido el 20/08/2008”.
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En consecuencia “el organismo nacional emitió un alerta alimentaria a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general y ordenó la prohibición de la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de la República Argentina y en su caso, el decomiso, desnaturalización y destino final, del citado producto”, argumentó el organismo nacional.