Se trata de un convenio con el Dr. Alejandro Tucci para la realización de cirugías de catarata por facoemulsificación y extra capsular, y cirugía de patologías de plástica ocular (chalazión, pterigión, entropión, etc.) que pudieran requerirse por la Secretaría de Salud del Municipio de Necochea a pacientes sin cobertura sanitaria (obra social, prepagas u otras), teniendo como contraprestación por parte del Municipio el otorgamiento en préstamo en determinados días y horarios del quirófano del nosocomio quequenense al mencionado facultativo para que realice cirugías oculares a pacientes de su propia nomina para beneficiarios de PAMI.
En ese sentido, el concejal del FR-1País, Diego López Rodríguez, explicó en diálogo con Cuatro Vientos las bases del convenio: “Ayer se trató un proyecto de convenio que se autorizaba al Intendente a firmar con el doctor Tucci, oftalmólogo de Necochea, un contrato en el cual el doctor iba a comenzar a operar, a hacer cirugías a pacientes del servicio de Salud Municipal, digamos, cualquier persona que la Secretaría de Salud derivase por un problema de cataratas o de cualquier otra patología de la vista y, el doctor Tucci, iba a operar en el quirófano del Irurzun, poniendo su equipamiento y poniendo también este a su personal que trabaja con él”, especificó el edil.
“A cambio el municipio lo que iba a hacer con el doctor, no era pagarle por cada operación que hacía para el municipio, sino que por el contrario, lo que hacía era prestarle a Tucchi el quirófano del Irurzun para que el operase a sus pacientes”, señaló y agregó que “a la Municipalidad de Necochea le conviene porque va a sumar un servicio de cirugía oftalmológica que no se presta, no existe el servicio hoy día en la municipalidad, y que cualquier ciudadano de Necochea que quiere operarse de la vista de una de estas patologías, tiene que sacar turno en algún Hospital Regional de Mar del Plata, de Buenos Aires o de La Plata y esperar a que en 6, 7, 8, o 10 meses le den un turno para operarse”.
López Rodríguez aseguró que “todo eso iba a ser solucionado con la aprobación de este convenio y con la introducción del doctor Tucci en materia de poder operar a los a los ciudadanos del distrito en el hospital Irurzun”, y añadió que “se trató en sala ayer y no lo aprobaron. Nueve concejales dijeron que si, nueve dijeron que no, entendiendo que faltaba una estadística, que había grises, cosa que no comparto”. Ahora, el expediente la Comisión de Salud y Desarrollo Social del HCD para su debate. En esa línea, el edil dijo que “pasa a comisión este expediente para que supuestamente se siga trabajando y analizando en el marco de las comisiones para aprobarlo algún día cosa que no sabemos si al final se termina dando o no” y agregó que “nosotros ya lo veníamos trabajando a este convenio en comisión, yo le había hecho muchas modificaciones en base a lo que pedía la comisión y así y todo no prosperó”.
Consultado por Cuatro Vientos, el subsecretario de Salud Municipal, José María Alvarez, manifestó que “cuando me enteré que pasó a comisión el proyecto del convenio de oftalmología me llamó mucho la atención, porque es un convenio que beneficia las dos partes. Además, ya se tiende en casi todos los hospitales municipales a hacer convenios terciarizados porque, esto mismo de oftalmología, si nosotros lo quisiéramos hacer, gastaríamos miles y miles de dólares para comprar toda la aparatología, la instrumental, contratar al oftalmólogo. Y de manera, tercerizándolo, no tenemos esos gastos”.
“Es un servicio que trabajaría dos veces al mes nada más, viernes y sábado en el hospital Irurzun y, como todo convenio, indudablemente tiene una parte que beneficia a la empresa y otra que nos beneficiamos nosotros”, dijo y explicó que el Dr. Tucci “tiene capitado Pami para operaciones de cataratas y nosotros, en contraprestación, le prestaríamos el quirófano, lo tendrían a su disposición esos dos días. No contrataríamos personal porque ellos traen su instrumentista y su secretaria, y además nos darían operaciones gratis de catarata con la colocación de los lentes a las personas que no tengan obra social”.
De acuerdo al convenio al que tuvo acceso Cuatro Vientos, “para la realización de las prácticas quirúrgicas a los pacientes indicados por la Secretaría de Salud municipal, el Dr. Tucci se compromete a proveer la aparatología y los insumos correspondientes para las mismas, como así también los servicios de un médico oftalmólogo con un instrumentador quirúrgico y un circulante ad honorem sin ocasionarle gasto alguno al Municipio. Previo a las intervenciones el Dr. Tucci deberá realizar protocolos quirúrgicos y las correspondientes autorizaciones de ingreso al quirófano, las que serán emitidas por la Dirección del Hospital, y bajo la supervisión del responsable del servicio de oftalmología municipal Dr. Rubén Rojas”.
Álvarez señaló que “otro beneficio del convenio es que en vez de que el paciente de Pami deba irse a otra localidad, lo puede hacer en nuestro distrito y en nuestro hospital, jerarquizándolo también”.
Por último, el encargado de la cartera de Salud municipal recordó que el servicio de hemodinamia trabaja mediante un convenio similar “salvo que ellos no solamente atienden Pami sino todas las obras sociales. O sea, la empresa se hace cargo y de beneficio de cobrar todas las obras sociales. A contraprestación, nos hace algunos estudios e intervenciones quirúrgicas gratis”.
El texto completo del convenio: CONVENIO DE COLABORACIÓN RECIPROCO Y COMODATO DE USO Entre la Municipalidad de Necochea, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. FACUNDO MANUEL LOPEZ, con domicilio en calle 56 Nº 2945 de Necochea, en adelante denominada la MUNICIPALIDAD, y por la otra, el Dr. ALEJANDRO TUCCI, DNI Nº 23.833.210 acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE COLABORACION RECIPROCA Y COMODATO DE USO, a tal efecto se subordinan a las cláusulas y condiciones que a continuación se especifica: PRIMERA: El presente contrato de colaboración reciproca y comodato de uso tiene como objeto la prestación de servicios médicos oftalmológicos no remunerados por parte del Dr. Tucci en el quirófano del Hospital Municipal Dr. José Irurzum de Quequén, consistentes en la realización de cirugías de catarata por facoemulsificación y extra capsular y cirugía de patologías de plástica ocular (chalazión, pterigión, entropión, etc.) que pudieran requerirse por la Secretaría de Salud del Municipio de Necochea a pacientes sin cobertura sanitaria (obra social, prepagas u otras), teniendo como contraprestación por parte del Municipio el otorgamiento en préstamo en determinados días y horarios del referido quirófano al Dr. Tucci para que realice en el mismo cirugías oculares a pacientes de su propia nomina para beneficiarios de PAMI.
SEGUNDA: La Municipalidad cede en comodato de uso al Dr. Tucci y este acepta y recibe de conformidad el espacio físico del quirófano del Hospital Municipal Dr. José Irurzun de Quequén para la realización de las cirugías oculares a los pacientes de su nomina los días viernes y sábados correspondientes a la segunda semana de cada mes, en los horarios establecidos por la dirección de dicho nosocomio.
Por circunstancias especiales, los días de uso del quirófano referidos en esta cláusula podrán ser modificados de común acuerdo, y con una antelación mínima de 24 horas, o aún menor en casos de emergencias justificables en los que el Servicio de Salud requiera en forma inexorable la utilización del quirófano para urgencias impostergables.
TERCERA: El presente comodato de uso y colaboración reciproca será por el plazo de tres años de la firma del presente el cual podrá ser renovado con acuerdo de las partes.
CUARTA: El Dr. Tucci se compromete realizar cirugías de cataratas por facoemulsificación y extracapsular (todos los estudios complementarios oftalmológicos pre quirúrgicos serán realizados por el profesional suscribiente sin costo alguno) y la cirugía de patología de plástica ocular (chalazión, pterigión, entropión, etc.) a todos los pacientes sin obra social, derivados de las demandas de consultorios de oftalmología del Hospital Dr. José Irurzún, sin costo alguno para este municipio.
Siempre que la demanda de prestaciones quirúrgicas sea superior al horario disponible para la utilización del quirófano, deberá asignarse los turnos para cirugía de forma tal que se realicen la misma cantidad de operaciones a pacientes capitados de PAMI y los requeridos por la Secretaría de Salud Municipal.
QUINTA: Para la realización de las prácticas quirúrgicas a los pacientes indicados por la Secretaría de Salud municipal, el Dr. Tucci se compromete a proveer la aparatología y los insumos correspondientes para las mismas, como así también los servicios de un médico oftalmólogo con un instrumentador quirúrgico y un circulante ad honorem sin ocasionarle gasto alguno al Municipio. Previo a las intervenciones el Dr. Tucci deberá realizar protocolos quirúrgicos y las correspondientes autorizaciones de ingreso al quirófano, las que serán emitidas por la Dirección del Hospital, y bajo la supervisión del responsable del servicio de oftalmología municipal Dr. Rubén Rojas.
SEXTA: La Municipalidad intervendrá en dichas prácticas establecidas en la cláusula cuatro y cinco cediendo un oftalmólogo y el servicio de esterilizac ión cuando fuera necesario sin ocasionar costos extras a este municipio.
SEPTIMA: La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el presente como asimismo de todos aquellos deberes y cargas inherentes a la naturaleza y finalidades de los servicios a prestarse determinarán de pleno derecho la desvinculación contractual con la obligación de resarcir daños y perjuicios.
OCTAVA: La Municipalidad no se responsabiliza de los perjuicios que pudiera sufrir el Dr. Tucci, sus dependientes o terceras personas por hechos emergentes de responsabilidad de aquel y/o sus dependientes. En consecuencia el Dr. Tucci se hace expresamente único responsable y obligado al resarcimiento – indemnización – compensación y/o reparación ante cualquier accidente que pudiere perjudicar a cualquier persona.
NOVENA: Si al vencimiento del plazo acordado el profesional suscribiente no hiciere entrega en tiempo y forma del espacio convenido cualquiera fuera la causa la municipalidad podrá iniciar proceso de desalojo. La municipalidad podrá optar por vía ejecutiva la que queda pactada entre partes haciendo expresa reserva de solicitar la homologación judicial del presente.
DECIMA: La Municipalidad se reserva un amplio poder de controlar en el espacio físico objeto del presente acuerdo, y a los efectos de verificar el cumplimiento estricto de las condiciones y exigencias mediante las cuales se otorgó el uso y explotación, bajo condición rescisoria el Dr. Tucci deberá acreditar en el expte. 8787/18 toda la documentación respaldatoria tales como títulos, pólizas de seguro, etc. De todo el personal profesional y no profesional interviniente los que deberán ser legalizados previo a la firma del presente convenio.
DECIMOPRIMERA: El profesional suscribiente recibe el quirófano en buen estado de conservación y se obliga a conservarlo y mantenerlo durante todo el periodo de este comodato gratuito, en iguales condiciones. La Municipalidad no se responsabiliza por la causal de robo, hurto, daños o rupturas que ocasionalmente pudiere ocasionar el inmueble durante su uso.
DECIMOSEGUNDA: El Dr. Tucci asume de manera especial y exclusiva con expresa e incondicionada exoneración obligacional hacia la Municipalidad de Necochea, las responsabilidades de índole civiles, penales, laborales e impositivas o de cualquier otra índole que pudiera derivarse como consecuencia de la prestación de los servicio objeto de la presente. En particular deberá ajustar el personal a la legislación laboral y previsional vigente, cobertura de seguros por accidentes de trabajo. Especialmente deberá contratar seguro de responsabilidad civil de personal médico y paramédico que cumplan funciones como así también seguro de cobertura por robo, hurto y daño de la aparatología y demás bienes que se utilicen para cumplir el presente comodato, presentando en todos los casos copias autenticadas de las respectivas pólizas o renovaciones, todo ello además del mantenimiento de la cobertura de responsabilidad civil por daños producidos sobre cosas o personas.
DECIMOTERCERA: Para todos los derechos emergentes del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales contenciosos administrativos del Departamento Judicial Necochea, constituyendo como domicilio al efecto los expresados al inicio.