Poliamor: ¿Hay aval legal para las personas que viven el amor por fuera de la monogamia?

Qué ocurre en los casos en los que un trío quiera solicitar una unión convivencial, casarse o formar una familia con hijos, son algunos de los interrogantes entorno a la legalidad del poliamor.

Poliamor: ¿Hay aval legal para las personas que viven el amor por fuera de la monogamia?
Mendoza 30 de julio de 2021 Eliana , Nazareno y Maira son una pareja de tres y cultores del poliamor, un hombre y dos mujeres que conviven juntos hace 4 años Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

En Mendoza se despertó nuevamente el debate sobre el poliamor a partir del caso de un trío de mendocinos que contó públicamente su historia. Este caso abrió varios interrogantes sobre el amor, el sexo, la familia, pero también sobre el aval legal de esta relación tanto en el presente como a futuro.

La historia de Eliana, Maira y Nazareno fue presentada hace algunas semanas por Los Andes y llegó a tomar notoriedad nacional y hasta internacional. Los tres contaron que viven una relación de amor como cualquier otra, que conviven desde hace un año, tienen planes a futuro como celebrar su compromiso y tener hijos.

Pero ellos no son los únicos. Si bien no son quizás las historias más convencionales, estas relaciones existen y hay muchos casos de tríos amorosos que planifican una vida juntos.

Poliamor Eliana, Nazareno y Maira, los mendocinos que viven una historia de amor de a tres y conviven.
Poliamor Eliana, Nazareno y Maira, los mendocinos que viven una historia de amor de a tres y conviven.

Para aquellos que aún no se instruyeron en el tema, el poliamor a veces significa tener una relación primaria y buscar intimidad casual, y otras veces involucrar a una tercera o cuarta (y así sucesivamente) persona en la construcción de una estructura familiar. En esta última definición nos vamos a parar para tratar de buscar respuestas a algunas preguntas que surgen entorno a esta forma de vivir una relación amorosa desde lo legal.

¿Pueden solicitar una unión convivencial?

El poliamor está avalado, si se quiere, desde lo jurídico por el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que todo lo que no está prohibido, está permitido. Esto siempre que no perjudique a un tercero y/o altere el orden público.

“Desde lo más pleno ellos lo pueden vivir. No hay ninguna prohibición desde lo legal. Los reparos pueden ser estrictamente sociales y/o culturales”, explicó la presidenta de la Comisión de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Mendoza, Noelia Gandolfo.

Sin embargo, jurídicamente en Argentina no hay un aval desde lo legal para las uniones convivenciales de poliamor. Pueden vivir en unión, pero el inconveniente que van a encontrar es cuando quieran que el Estado les reconozca esta unión convivencial.

“Nuestro ordenamiento jurídico, tanto en el matrimonio como en la unión convivencial, toma el concepto de pareja, del mismo o de distinto género, y siempre habla de dos. En la unión convivencial, la letra habla de que tiene que ser singular y es ahí donde aparece lo monogámico, por una cuestión cultural”, indicó la abogada respecto a los inconvenientes que plantea la ley.

Registro Civil de Mendoza.
Registro Civil de Mendoza.

Actualmente no cabe la posibilidad de que tres personas del mismo o de distintos géneros puedan realizar una una unión convivencial. Pese a ello, se podría plantear cada caso particular ante la Justicia, declarando la inconstitucionalidad de la ley, presentando antecedentes o ejemplos de otros casos que pudieran haberse dado, entre algunas de las opciones.

“Si ellos van hoy al registro civil, lo más probable es que les digan que no. Pero entiendo que con los mismos argumentos con los que se reguló la unión convivencial, eventualmente, se podría llegar a plantear una inconstitucionalidad y pedir el reconocimiento de la existencia de la convivencia para que puedan registrarla”, comentó al respecto Gandolfo.

Al mismo tiempo, resaltó que no hay una regla general de solución para estos casos. Se pueden tomar antecedentes o fundamentos para ejemplificar, pero cada situación de hecho es distinta y en Argentina el sistema de declaración de inconstitucionalidad se puede aplicar en casos concretos.

Al respecto, la letrada expresó que tarde o temprano esto se va a tener que regular. “Me parece un poco más difícil desde el punto de vista del matrimonio. Porque ya no hablamos de poliamor, sino de poligamia que implicaría un cambio cultural muy grande, y hay más leyes de orden público que no puedo voluntariamente dejar de aplicar y se deben cumplir”, consideró.

“En cambio, la unión convivencial no es formal porque es una situación de hecho que podés darle una formalidad por escrito registrándola, pero no para hacerla nacer. Además, no cambia el estado civil de las personas y no genera parentesco. Pero sí aparece como requisito que las partes que intervengan no sean parientes”, añadió.

¿Qué ocurre si deciden formar una familia con hijos?

En el caso de que tres personas que viven una relación de poliamor y deseen formar una familia podrían hacerlo sin mayores impedimentos. Incluso, existen antecedentes en los que se ha permitido la pluriparentalidad. Por lo que, si quisieran un hijo juntos, podrían figurar los tres como padres del niño.

Existe la voluntad procreacional de querer ser progenitor de un hijo, y no necesariamente siempre es de dos, porque existe la de una sola persona que quiera ser padre. Esto es posible porque “cambió el rol materno/paterno y mutó a la figura de progenitor para no encasillar”, explicó la profesional.

Los mendocinos plantearon que tienen como plan a futuro ser padres los tres juntos.
Los mendocinos plantearon que tienen como plan a futuro ser padres los tres juntos.

Al mismo tiempo indicó que hay un desafío del juez en estos casos. “No porque tenga una letra de un texto que diga ‘dos’ implica que vos le vas a quitar derechos a una persona. La interpretación del Derecho tiene que ser amplia. Porque no solo tenemos el Código Civil y Comercial, tenemos tratados y convenciones internacionales, una Constitución Nacional que entre las cosas que protege es la institución de la familia”, agregó.

“Cada caso concreto va a decir si hay verdaderamente una familia. Y si lo hay, el Estado tiene que reconocerle los derechos con todos los elementos que tiene para hacerlo. De la misma manera que se reconoce la pluriparentalidad, va a tener que salir a defender los derechos de esta familia que vive y elige vivir de determinada manera”, cerró la abogada Noelia Gandolfo.