La Ciudad de Mendoza aprobó un nuevo sistema para juzgar las acciones que vayan en contra del Código de Convivencia. A partir de esto, serán los mismos vecinos, que reunidos en jurados, determinarán si ciertas conductas son admisibles o no en su comunidad y representan una infracción.
El proyecto fue llevado adelante por el intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulipiano Suárez y tratado por el Consejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza, quienes lo aprobaron por unanimidad.
El proyecto contó con el acompañamiento en general de todas las fuerzas políticas representadas en el Concejo Deliberante, incluidos el Partido Verde, el Frente de Todos y el Pro, del Frente Cambia Mendoza.
De esta forma, las autoridades señalaron que se pretende que los ciudadanos tomen una iniciativa más activa a la hora de construir la ciudad en la que quieren vivir y que se transforma en una herramienta para que sean los mismo vecinos quienes tomen decisiones respecto a conductas que atentan contra la paz social y la convivencia ciudadana dentro del departamento.
“Entendemos que el Jurado Vecinal es un mensaje en sí mismo. Es un mensaje en el sentido de la necesidad de que todos participen para blindar a la Ciudad frente a quienes no cumplen las normas de convivencia. Cuidar la Ciudad es cuidar lo que le pertenece a cada vecino”, señaló el Intendente Ulpiano Suarez.
De qué se trata el jurado vecinal
La iniciativa surgió en las reuniones vecinales y fue elevada por el Intendente al Consejo Deliberante de Ciudad. De esta forma, desde el municipio expresaron que si bien la entienden como una herramienta de participación ciudadana, la idea es que respete el derecho a la libertad; pero por otro lado, a la necesidad de que todas las personas asuman deberes de convivencia ciudadana para respetar los derechos del otro.
“Estoy convencido que somos más los que queremos una Ciudad ordenada, limpia, donde la convivencia y el respeto sea la norma, y no una Ciudad donde cada cual rompe las reglas sin consecuencias, donde se arruinan bienes públicos y privados y se muestra como un logro en las redes sociales. Por eso, la incorporación de pruebas, vídeos, testimonios y demás, que contempla la norma, enriquece el proceso y suma herramientas para el efectivo cumplimiento del Código de Convivencia y de las ordenanzas vigentes”.
Dentro de este marco, aquella persona que incurra en una falta que se encuentre dentro del código de conducta será juzgado por vecinos que determinarán la responsabilidad en la falta. Aún así no todas las faltas serán juzgadas de esta manera, solo lo harán las comprendidas en los artículos:
- Art. 14. Actividades pirotécnicas.
- Art. 21 a 23. Degradación visual del entorno urbano. Grafitos, pintadas y otras expresiones gráficas en lugares no autorizados. Vandalismo.
- Art. 31 a 34. Uso inadecuado del espacio público para juegos de patín, bike, skate, deportes extremos o similares en lugares no autorizados.
- Art. 49 ap.3. Limpieza de la ciudad en general: micciones y/o deposiciones de animales en la vía pública, suciedad en espacios públicos, mantenimiento de espacios de acceso público en comercios, mantenimiento de limpieza en vía pública por parte de edificios en construcción o cualquier tipo de obra.
Asimismo la actuación como miembro del Jurado será voluntaria y gratuita y podrán participar todos aquellos que se encuentren en el padrón electoral de Ciudad. El jurado será compuesto por 5 integrantes y su designación será por sorteo. A su vez, existirá la posibilidad de recusación y excusación de los Jurados, ofrecimiento de prueba y acuerdos conciliatorios.