La Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, avaló la cesantía del profesor de educación física, Leonardo Borgna, quien ocupó diversos cargos en la Municipalidad de Guaymallén, y llegó a ocupar una banca por el Partido Justicialista en el Concejo Deliberante.
Borgna había ingresado como concejal junto con Lobos en la misma elección en que Alejandro Abraham ganó la intendencia de Guaymallén, en 2007.
Pero la situación de Borgna cambió radicalmente cuando asumió el cargo el intendente Marcelino Iglesias (Cambia Mendoza), ya que el profesional debía desempeñarse en la Dirección de Deportes, trabajo que no cumplió.
A pesar de que "justificaron" sus labores en la oficina del Concejo Deliberante, el fallo de la Justicia, fue categórica: cesantía para Borgna.
Borgna había sido denunciado, en 2014 por el concejal del FIT Federico Telera junto con el exintendente Luis Lobos por "enriquecimiento ilícito".
Cuando Luis Lobos quedó a cargo de la jefatura comunal tras la renuncia de Abraham para asumir como diputado nacional, Borgna fue sumariado y cesanteado por la gestión de Iglesias, caracterizado como "ñoqui".
Resolución judicial
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA PRIMERA PODER JUDICIAL MENDOZA - foja: 140 CUIJ: 13-04106853-6 - BORGNA LEONARDO C/ MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN P/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA *104168178*
En Mendoza, a los cinco días del mes de febrero de dos mil dieciocho, reunida la Sala Primera de la Excma. Suprema Corte de Justicia, tomó en consideración para dictar sentencia definitiva, la causa N° 13-04106853-6, caratulada: "BORGNA LEONARDO C/ MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN P/ A.P.A."
R E S U E L V E:
I. Desestimar la acción procesal administrativa deducida a fs. 3/8 por el Señor Leonardo Omar Borgna.
II. Imponer las costas a la parte actora vencida (art. 36 del C.P.C. y 76 del C.P.A.).-
III. Regular los honorarios profesionales de la siguiente manera: Dr.Armando CHALABE VIDAL, en la suma de pesos TREINTA MIL ($ 30.000); Dra. Alicia LÓPEZ, en la suma de pesos OCHO MIL NOVECIENTOS DOS ($ 8.902); Dra. Adriana BARRANCOS, en la suma de pesos UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.475,50); Dra. Gabriela NOE, en la suma de pesos UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.475,50); Dr. Octavio PUPPETTO, en la suma de pesos VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 20.926,50); Dr. Santiago RAUEK, en la suma de pesos VEINTIDOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 22.786,54); Dr. José Luis CORREA, en la suma de pesos TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 3.255,22) y Dra. Gladys B. CASTILLO, en la suma de pesos TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 3.255,22), conforme arts. 10, 13, 31 y concs. de la Ley Arancelaria.
IV. Dése intervención a la Caja Forense y a la Dirección General de Rentas.
NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVANSE A ORIGEN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ACOMPAÑADAS.
2731 DR. JULIO RAMON GOMEZ - Ministro
DR. PEDRO JORGE LLORENTE - Ministro
DR. DALMIRO FABIÁN GARAY CUELI - Ministro (sic)
Fuente: Municipalidad de Guaymallén - Mdz