La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recuerdó que la opción de cambio de mercadería es una decisión que toma el vendedor como atención al cliente o política comercial de la casa o marca.
Es decir, el comercio vendedor no está obligado legalmente a restituir el dinero de una compra u ofrecer el cambio por otro producto si el consumidor decidiera devolverlo por una cuestión relacionada con su gusto o preferencia personal.
Excepciones a la regla
El cambio del producto podría tener lugar cuando:
El vendedor ofrece esa opción por política comercial de atención al cliente, informando sobre tal posibilidad mediante cartelería en el local o en factura, ticket o sitio web.
Frente a una venta a distancia o "venta domiciliaria" en los términos de la ley 24240, vinculada con las compras por internet, telefónicas o por catálogos, por arrepentimiento del consumidor y en el plazo de los 10 días corridos contados desde la venta o recepción del producto.
Por fallas del producto, sin reparación posible y en el marco de la garantía legal o contractual.
Garantía por ley
En este sentido, es importante recordar que los productos nuevos tienen una cobertura legal de 6 meses, mientras que los usados están protegidos solo hasta los 3 meses, plazo contado desde el momento en que los bienes son entregados al consumidor en mano.
Por esto, la falla de fábrica durante esos plazos habilitará la opción de reparación del producto, cuando esto sea posible, u obligará al vendedor y/o fabricante a cambiar el bien por otro de similares características o reintegrar el dinero al valor de plaza (precio actualizado), esto último siempre que la reparación del producto no sea posible.
También debe considerarse que la garantía legal puede ser ampliada por el fabricante, expresando tal beneficio en el correspondiente 'certificado de garantía' en forma escrita o información en sitio web oficial.
Por otras consultas y denuncias, estas son las vías disponibles de la DDC:
148@mendoza.gov.ar
App 148 Mendoza
www.mendoza.gov.ar/consultas/