La Secretaría de Servicios Públicos de Mendoza autorizó a los prestadores del Servicio de Transporte Escolar a efectuar, de manera excepcional, distintas actividades de traslado vinculadas a actividades habilitadas en el marco de la emergencia.
El decreto Nº 600 destaca la autorización para efectuar: entrega domiciliaria de alimentos, delivery y productos varios sin cadena de frío; contratar con la administración pública municipal, provincial y nacional la prestación de servicios de fletes o similares y traslado de alimentos sin cadena de frío; traslado de personal a obras de construcción de carácter privado; traslado y entrega de materiales de construcción, de un peso tal que no modifique las condiciones de seguridad del vehículo.
La normativa señala que "en todos los casos deberá darse estricto cumplimiento a los protocolos aprobados por: Decreto Nº 555/2020 que establece el cumplimiento obligatorio de distanciamiento social, higiene de manos, higiene de la tos (toser o estornudar en el pliegue del codo), uso adecuado de tapabocas".