Las cuatro condiciones del PJ para apoyar la reforma de la Ley 7722

El peronismo mendocino anunció que votará a favor de la polémica reforma si se respetan cuatro ejes.

Las cuatro condiciones del PJ para apoyar la reforma de la Ley 7722
Anabel mineria

La provincia de Mendoza vive un clima tenso por estos días. Mientras en la Legislatura se realizó este martes el segundo día de análisis en Comisiones de la propuesta para reformar la Ley 7722, Ciudad multó a manifestantes a pagar $70.000 por violar el Código de Convivencia y en el Sur se endurecen las protestas. También el gobernador de la provincia, Rodolfo Suarez, aseguró tras su renuón con el pesidente Alberto Fernández que este apoya el desarrollo minero en la provincia "con controles como los que hacen los principales países".

La 7722 prohibe el uso de sustancias tóxicas en la minería. En ese contexto, el Pj local planteó cuatro condiciones para apoyar la reforma de la Ley.

En una mesa integrada por los legisladores nacionales Anabel Fernández Sagasti, Marisa Uceda, Omar Félix y Alejandro Bermejo; el presidente del PJ Guillermo Carmona y los legisladores provinciales Lucas Ilardo y Germán Gómez se comunicó la posición del Pj respecto a la polémica reforma. 

Los 4 ejes son control ambiental, cuidado del agua, la creación de trabajo mendocino y el consenso previo de los municipios.

El primer punto

implica crear una

Policía Ambiental "efectiva

”, una comisión bicameral de Control Ambiental, dar participación ciudadana en el control (con una red de vigilancia integrada por las ONG y la sociedad civil, señalaron desde el PJ) y, por último, someter los emprendimientos a auditorías internacionales, informó

Unidiversidad.com

.

En segundo lugar

, se planteó el requisito de

garantizar un cuidado estricto del agua

, que sería financiado con fondos de las regalías de la actividad.

El tercer requisito

es que

se cree trabajo para la ciudadanía mendocina

para garantizar la partipación en las ganancias.

El cuarto punto

hace énfasis en la necesidad de un aval previo de los municipios que sea vinculante para la realización de la actividad minera.