Carreño: "No puede modificarse la Constitución por vía de una interpretación"

Un grupo de Intendentes impulsa la reelección del Gobernador a pesar de que la carta magna lo prohíbe. Ante esto, el constitucionalista aclaró: "sólo puede ser reelegidos por un período y no mas". 

El abogado fue tajante al expresar que \
El abogado fue tajante al expresar que \

La semana pasada durante el acto por el aniversario de San Blas de los Sauces, la mayoría de los Jefes comunales le manifestaron al gobernador Sergio Casas "que lo respaldarían en un intento de enmienda constitucional" para que pueda volver a ser candidato.

El artículo 120 prohíbe expresamente la posibilidad de otro mandado del Gobernador
El artículo 120 prohíbe expresamente la posibilidad de otro mandado del Gobernador

La última reforma de la Constitución Provincial se produjo aproximadamente hace 10 años cuando los legisladores modificaron el artículo que establece la duración de los mandatos. De esta forma, se pasó del sistema de reelección indefinida a la reelección limitada.

"Se invocó un sistema mas saludable de institucionalización del poder en remplazo del sistema de personalización del poder" deslizó el letrado.

En tanto, el abogado agregó que "no puede modificarse la Constitución por vía de una interpretación jurídica a menos que haya una enmienda". La misma es sancionada por la legislatura a través de una mayoría agravada. Para que la enmienda tenga validez, debe ser sancionada por 2 tercios de los votos y tiene que estar ratificada por una consulta popular.

Allí Carreño aclaró que "en el caso de una enmienda, los ciudadanos deben aprobarla siempre y cuando una mayoría del 35% la apruebe, si ese porcentaje la rechaza, la enmienda no se aplica".