Este miércoles 28 de junio, en Córdoba, arrancó el escrutinio definitivo de votos de la elección para gobernador. El resultado provisorio muestra una ventaja para el candidato de Hacemos Unidos por Córdoba, Martín Llaryora, respecto de su contrincante de Juntos por el Cambio, Luis Juez.
En ese marco, el representante de la oposición reconoció por primera vez que el resultado difícilmente pueda cambiarse: “Ya pasó, ya está, no tengo esperanza que pueda revertirla”, afirmó en diálogo con radio La Red.
El actual senador nacional, además, sostuvo que la semana próxima reconocerá la victoria del actual intendente de la ciudad de Córdoba, pero advirtió que lo hará “cuando la Justicia haga las cosas como corresponde”.
El video con la palabra de Luis Juez y el momento donde se pronuncia sobre la elección:
CÓMO SERÁ EL ESCRUTINIO DEFINITIVO DE CÓRDOBA
En cada mesa de validación, y en presencia de personal del Tribunal Electoral Provincial y apoderados y/o fiscales partidarios presentes (uno por partido y por mesa escrutadora) se procederá a cotejar el “Acta de Apertura, Cierre y Escrutinio” original, suscripta por la autoridad de mesa de votación y fiscales presentes, con la que acompañen los representantes de las distintas agrupaciones políticas a los fines de su aprobación.
De resultar validada el acta, se la remitirá al centro de carga del Poder Judicial para los resultados del escrutinio definitivo.
- En caso de no acordarse tal validación, se procederá a remitirla a la mesa de incidencias.
- En el supuesto de no contarse con el acta original, se procederá a la apertura de la urna, en presencia de los representantes de las distintas agrupaciones políticas presentes.
Una vez obtenida el acta original pertinente, se proseguirá.
MESA DE INCIDENCIAS
En cada mesa de incidencias y en presencia de los integrantes del Tribunal Electoral Provincial y de los apoderados y/o fiscales partidarios presentes (hasta tres por partidos políticos), se procederá a analizar el “acta de apertura, cierre y escrutinio” original, remitida desde las mesas escrutadoras (supuesto 1 a) ) con la que acompañen los representantes de las distintas agrupaciones políticas a los fines de su validación.
De no llegar a la aprobación del acta incidentada, se podrá realizar el escrutinio de la urna pertinente conforme al art. 138 del Expediente SAC 11779560 - Pág. 1/2 ley citada.