Valentina Marchetti tiene sólo 21 años y se postuló como candidata a intendente de la localidad cordobesa de El Arañado. Se trata de la aspirante más joven de toda la provincia que buscará terminar con 40 años de gobierno justicialista en su pueblo.
La localidad del departamento San Justo votará el próximo 25 de junio, junto con las elecciones provinciales. En esa instancia, los vecinos deberán decidir por la continuidad de Hacemos Por Córdoba, representado por Jorge Gudiño; Unite, por Marcelo Juárez; y Juntos por el Cambio, por Marchetti.
QUIÉN ES VALENTINA MARCHETTI, LA CANDIDATA A INTENDENTE MÁS JOVEN DE CÓRDOBA
Valentina Marchetti es estudiante de Marketing, madre de una niña y ahora, candidata a intendente de El Arañado. En declaraciones a El Diario del Pueblo, la joven contó que sueña con poder cambiar la realidad de los vecinos de su pueblo.
En ese medio, aseguró que nació en el seno de una familia radical pero que nunca militó en política. Sin embargo, no dudó en involucrarse cuando tuvo la oportunidad. “Creo que soy la persona capaz de llevar al pueblo adelante, con transparencia y dignidad”, afirmó.
En su candidatura, Marchetti denunció una serie de irregularidades en la localidad y señaló: “Hay 1200 habitantes pero en el padrón figuran 2200 votantes”. En este sentido, agregó: “Buscan a gente de afuera para cambiar el domicilio a cambio de carnet gratis y bolsones. Compran a la gente, las presionan y extorsionan, traen gente de afuera para perpetuarse en el poder y seguir controlando todas las instituciones...”.
¿LA LEY PERMITE QUE JÓVENES DE 21 AÑOS SEAN CANDIDATOS A INTENDENTES?
La ley provincial 8.102, que abarca la ley orgánica municipal, reconoce que “el candidato a Intendente Municipal, será candidato simultáneamente a primer Concejal en la lista de su partido. En caso de resultar electo para el primero de los cargos, será reemplazado automáticamente por el segundo de la manera que se determina para las suplencias”.
En este sentido, el artículo 40 manifiesta: “El Intendente deberá ser argentino, siéndole aplicables las condiciones, inhabilidades e incompatibilidades previstas para los Concejales”.
En esos segmentos, la regulación detalla que los requisitos son los siguientes: “Podrán ser miembros del Concejo Deliberante: 1) Los argentinos electores que hayan cumplido veintiún (21) años, con dos (2) años de residencia inmediata y continua en el Municipio al tiempo de su elección. 2) Los extranjeros electores que hayan cumplido veintiún (21) años, con cinco (5) años de residencia inmediata y continua en el Municipio al tiempo de su elección”.