Con su publicación en el Boletín Oficial entró en vigencia en Córdoba la ley que declara de interés público a las asociaciones civiles de prácticas deportivas, sociales, recreativas o culturales, y que establece que sus bienes muebles o inmuebles son inembargables.
La Ley 10.740 fue aprobada por la Legislatura unicameral el pasado 10 de febrero, y ahora dispuesta a través del Decreto 116 del Poder Ejecutivo provincial, protege a todas las propiedades de asociaciones civiles, con personería jurídica, que “estén directamente afectadas al desarrollo de actividades deportivas, sociales, recreativas o culturales, que hacen a su objeto social”.
Esta inembargabilidad alcanza también a los recursos económicos, “reintegrables o no reintegrables, que son aportados por el Estado Nacional, provincial o municipal”, precisa el texto legal.
En otro de los artículos determina que el embargo de caja o recaudación sólo será procedente hasta un 20 por ciento del monto o importe ingresado por actividad.
Esta normativa se apoya en el artículo 56 de la Constitución Nacional, que obliga a cada Estado provincial a la promoción de actividades de interés social que comprendan el deporte, la recreación, la utilización del tiempo libre y el turismo.