Un fallo del Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba permitió la adopción plena de dos adolescentes y un joven mayor de edad. Previamente, el matrimonio había sido designado como guardador.
El pedido fue formulado por los mismos adolescentes, a través del patrocinio letrado de la asesora de Niñez del Séptimo Turno, Raquel Martínez.
La jueza Mariana Wallace señaló, en relación con las adolescentes, que esta decisión era la que mejor garantizaba el interés superior del niño; y respecto del joven afirmó que había quedado probado el trato filial durante la etapa en que era menor edad, lo que permite acreditar la existencia de lazos afectivos consolidados.
La magistrada también explicó que el proceso de adopción era deseado por ambas partes. Además, agregó que este lazo tiene por objeto la efectivización del derecho de niñas, niños y adolescentes a una vida familiar plena.
La sentencia también señala que la legislación admite la adopción de una persona mayor de edad. Esta encuentra su fundamento en la preexistencia de una situación vincular a partir de una guarda adoptiva cuando era menor de edad, que necesita de reconocimiento a partir de un emplazamiento adoptivo.