Conflicto en la frontera con San Luis: un juez ordenó abrirla y otro cerrarla

Ochoa, juez federal de Río Cuarto, había pedido permitir la circulación y el juez Maqueda de San Luis hizo exactamente lo opuesto: ordenó mantener las restricciones.

Conflicto en la frontera con San Luis: un juez ordenó abrirla y otro cerrarla
Justicia\u002E Imagen ilustrativa\u002E

Tras el amparo presentado por miembros de la Sociedad Rural de Río Cuarto, Vicuña Mackenna y productores agropecuarios, la Justicia Federal ordenó al Gobierno de San Luis levantar los bloqueos impuestos en las rutas de acceso a Córdoba.

El juez Carlos Ochoa de Río Cuarto resolvió este miércoles hacer lugar a la medida cautelar interpuesta por los abogados Antonio María Hernández y Javier Quiroga, con el fin de obtener una pronta solución a esta problemática de hace tiempo ya, que afecta a transportistas y trabajadores de la zona.

Pero, en paralelo, otro juez federal de la provincia de San Luis ordenó mantener las actuales medidas de prevención sanitaria en las rutas.

Juan Esteban Maqueda, magistrado federal puntano, hizo lugar a una acción declarativa interpuesta por el gobierno la provincia vecina para "que se respeten todas las medidas sanitarias y los protocolos de ingreso, egreso y circulación en la provincia".

Vecinos derribaron barricadas hace días.
Vecinos derribaron barricadas hace días.

Algo a destacar es que estas obstrucciones en los pasos de las zonas de Achiras y Punilla, por ruta provincial N°30, y en Chaján y Vizcacheras, por ruta nacional N°8, generan el reclamo de ambos lados de la frontera interprovincial.

En ese marco, Ochoa dispuso que se arbitren los medios pertinentes para proceder a la apertura y circulación de rutas y caminos vecinales que se encuentran en el límite entre ambas provincias, "siempre y cuando las personas que pretendan transponer dicho límite posean el certificado único habilitante para circulación".

Pero Maqueda fue "a trabar" expresando que "el Estado provincial tiene el deber de establecer su accionar frente a la pandemia de Covid-19, teniendo en cuenta dos conceptos fundamentales: por un lado, que el derecho a la vida constituye un primer derecho natural de la persona, preexistente a toda legislación positiva; a lo que deben sumarse los deberes del Estado provincial: combatir las pandemias y garantizar el derecho a la salud en los términos del artículo 57 de la Constitución Provincial".

Para el juez federal de Río Cuarto, las medidas tomadas por el gobierno de San Luis, están "en contradicción con las normas nacionales dictadas en el marco de esta emergencia sanitaria" y "estarían en condiciones de producir un daño concreto a los derechos de los ciudadanos representados por los amparistas, importando un presunto exceso de parte del poder de policía local".