Al igual que los empleados en relación de dependencia bajo la ley de contrato de trabajo, las trabajadoras de casas particulares también tienen derecho a cobrar el Sueldo Anual Complementario (SAC), o aguinaldo.
Por lo tanto, este mes los empleadores deberán liquidar el primer medio aguinaldo correspondiente al mes de junio, antes del 30, vale decir, el próximo viernes.
El nuevo régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la ley Ley 26.844 dispone que el cálculo del SAC será equivalente el 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
La base de cálculo para el SAC será sobre la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie.
Así, se deberán tener en cuenta el salario básico, las horas extra trabajadas, los adicionales pagados, y cualquier otra gratificación o adicional.
Así, por ejemplo, si por todo concepto, el mes que más cobró una empleada doméstica fue por 9.800 pesos, su medio aguinaldo será de 4.900 pesos.
Por hora. En tanto, para el personal que cobra por hora también se le debe pagar aguinaldo, y este se calcula sumando el total que se le abonó por hora durante todo un mes.
Por ejemplo, si durante un mes trabajó 16 horas (cuatro por semana) y por cada una cobró $ 110, su haber mensual sería de $ 1.760 y el aguinaldo de $ 880 pesos.
En "negro". Las empleadas que nos están registradas como tales, también tienen derecho al medio aguinaldo.
En realidad, ninguna trabajadora debería estar "en negro", ya que su empleadora estaría violando todas las leyes laborales.