Causa por incumplimiento de los deberes de funcionario contra Buzzi y Di Pierro

El STJ de Chubut dispuso hacer lugar a la impugnación presentada por la querella y remitir el caso a la Oficina Judicial de Comodoro para la sustanciación del juicio.

Causa por incumplimiento de los deberes de funcionario contra Buzzi y Di Pierro
Municipalidad Comodoro Rivadavia\u002E

La decisión de la Sala Penal se basó en un recurso de impugnación extraordinario presentado por la querella de la causa, quién solicitó se revoque la sentencia de sobreseimiento por prescripción en virtud de la extinción de la acción penal, dictada por el juez Miguel Caviglia. El querellante cuestionó dicho fallo ya que "no se tuvo en cuenta, como acto interruptor de la prescripción, la convocatoria a debate dispuesta en fecha 1/8/2018", como también que "se convalidó la frustración del proceso ocasionado por la acción combinada de las excusaciones judiciales, y de la actividad defensiva infundada y dilatoria". Por último afirmó que "se incurrió en una interpretación dogmática del instituto de la prescripción, que prescindió de los hechos que permitieron su configuración".

Martin Buzzi.
Martin Buzzi.

El hecho. En el año 2.007 la Sala en lo Civil del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, dictó Sentencia Definitiva mediante la cual puso fin a un largo litigio existente entre  Idalio Dos Santos Pires y la Comuna local en relación una propiedad, que debía volver a manos de Pires. Esto no se cumplió por ninguno de los ahora ex intendentes que deberán responder ante la Justicia.

Néstor Di Pierro, ex intendente de Comodoro Rivadavia
Néstor Di Pierro, ex intendente de Comodoro Rivadavia

Se relata en los hechos que a partir de la resolución "ninguna acción positiva han tomado para dar cumplimiento a la Sentencia del Superior Tribunal, ni a la Resolución N°: 1108/08 no obstante estar esta última en plena vigencia; negándose a ejecutar dichos mandatos legales, tanto Buzzi, ni el sucesor de este el intendente, Néstor José Di Pierro, siendo que este último contó con partidas presupuestarias para hacer frente a la obligación en mora (por las multas que se debían abonar)  por los que deberán responder en el fuero respectivo".