La respectiva disposición del organismo recaudador establece que los sujetos que revistan o hubieran revestido el carácter de contribuyentes o responsables, podrán requerir la compensación de saldos acreedores con saldos deudores correspondientes a los siguientes gravámenes:
- Impuestos Inmobiliario, en su Componente Básico y Complementario.
- Automotores, en lo que concierne a vehículos automotores y a embarcaciones deportivas o de recreación.
- Ingresos brutos, como contribuyente local o sujeto al régimen del Convenio Multilateral, o agente de recaudación.
Lo dispuesto también resultará aplicable a los sujetos que revistan o hubieran revestido el carácter de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, – excepto los encargados de Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y los Escribanos Públicos–, cuando se trate de saldos acreedores y deudores derivados de su actuación en tal carácter.
Los procedimientos regulados por la norma permiten incluir tanto el capital de la obligación tributaria, como sus intereses, recargos y multas.
Para el caso en que los saldos acreedores del contribuyente se hubieran generado con anterioridad al vencimiento de los saldos deudores a cancelar, se aplicarán las bonificaciones que correspondan sobre cada cuota del impuesto o del régimen de regularización que se trate. Respecto a la solicitud de las compensaciones serán íntegramente automatizadas a través de la aplicación “Gestionar” disponible en el sitio oficial del organismo.
El sistema validará requisitos tales como, no encontrarse sujeto a un procedimiento fiscalización, tener deuda en gestión judicial, diferencias con las bases imponibles en IVA mayores al 1%, acreditaciones en entidades financieras, etc.
Únicamente cuando se verifique el incumplimiento de alguno de los requisitos previstos en la norma y tratándose de los Impuestos Inmobiliarios y a los automotores, los interesados podrán de requerir la compensación de manera presencial, a través de los Centros de Servicios Locales de ARBA.
En síntesis, la aplicación de la medida constituye un beneficio para aquellos contribuyentes con saldos a favor inmovilizados como por ejemplo en el impuesto a los ingresos brutos.