La ANMAT prohibió la venta de un alcohol etílico, tests rápidos contra el coronavirus y otros productos

Las medidas fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

La ANMAT prohibió la venta de un alcohol etílico, tests rápidos contra el coronavirus y otros productos
Test rápido (Foto Télam)

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de un alcohol etílico, dos aceites de girasol, un antígeno rápido contra el COVID-19 y otros productos médicos. Las medidas fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

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Argentina. El test rápido fue creado por científicos del INTI (Télam).
Argentina. El test rápido fue creado por científicos del INTI (Télam).

A través de la Disposición 3596/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial se dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el país de los productos y lotes de “ETHICON ENDO-SURGERY, LLC, procedimiento PROXIMATE® PPH para prolapso y hemorroides Conjunto, REF PPH03, 33 mm, LOTE N93P4M, 30/11/2021 “y prohíbe” a la firma INSUMED ARGENTINA la distribución de cualquier producto médico fuera de su jurisdicción, hasta tanto se habilite en los términos de la Disposición ANMAT N °6052/13“.

Según se describe en la publicación, la firma Johnson & Johnson Medical SA, tomó conocimiento de que terceros distribuyeron productos ilegítimos de titularidad de la firma, como “SUTURA MECANICA HEMORROIDAL 33MM, lote N93P4M- Vto. 30/11/2021“, que no ha sido importados por la compañía.

Por otro lado, el organismo mediante la Disposición 3597/2021, prohibió la venta de las “unidades sin datos de nacionalización identificados como: SARS-CoV-2 Antigen Rapid Test Kit (Colloidal Gold Immunochromatography), Beijing Lepu Medical Technology Co., Ltd. , LOTE 21CG2701X “.

La medida fue dispuesta luego del reporte del robo de setenta mil unidades del producto que llegaba de la fábrica china Beijing Lepu Medical Technology, a partir de una presentación realizada por el responsable técnico de la firma DOC10.

El producto médico está diseñado para la detección cualitativa de antígeno contra el SARS-CoV-2 en muestras clínicas (hisopado nasal) y su uso declarado es para estudios epidemiológicos en pandemia por CoVID-19 por cuanto su venta y uso solo se autorizado a laboratorios de análisis clínicos encuentra y/o instituciones sanitarias habilitadas a tales multas.

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Además de estos productos, la ANMAT mediante la Disposición 3604/2021 prohibió el uso, comercialización y distribución del producto rotulado como: “ALCOHOL ETILICO 96 °, ANTI-BACTERIAL ELIMINA EL 99,9% DE BACTERIAS Y VIRUS, RNE N ° 04003223 RNPA N ° 04069014, ELABORADO Y FRACCIONADO POR NOVALCOL, por considerarse de un producto que posee un etiquetado engañoso y fraudulento, respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración y contenido“.

En los fundamentos se apuntó que “no consta el registro de habilitación de la firma NOVALCOL ante esta Administración Nacional, en los rubros de Medicamentos, Productos cosméticos ni productos médicos, al día de la fecha”.

Por otra parte, la Disposición 3605/2021, la ANMAT determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos aceites : “Aceite 100% girasol, producto para gastronomía, marca Girasoles, cont. neto 4.5 litros “, y” Aceite 100% girasol, producto para gastronomía, marca Girasoles, sin indicar contenido neto“, ambos con RNPA 04-0003576 y elaborados por RNE 04-000329, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar “falsamente” rotulados.

Asimismo se prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE 04-000329 y el RNPA 04-0003576, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales“.

(Archivo).
(Archivo).

Por último, el organismo dispuso a través de la Disposición 3606/2021 la suspensión de la venta de todos los lotes y presentaciones, hasta tanto se encuentran inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales, de los productos rotulados como “Crema curativa con aceite de cannabis. Dolores musculares - Reuma - Dolores de Cuello - Calambres - Ciática - Lumbalgia - Artrosis - Artritis. Industria Argentina. LABORATORIO ANDESFARMA SA Colón 1256, Maipú, Mendoza, Elab. Pierna. N2932 - Res. 155-98“.

Además se prohibió cualquier producto elaborado por LABORATORIO ANDESFARMA SA hasta que obtenga las autorizaciones necesarias para elaborar y distribuir sus productos en la República Argentina.