La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves un recurso de queja presentado por la expresidenta Cristina Kirchner en la causa que investiga el memorándum con Irán, por lo que no se modificó la situación judicial previa de la senadora.
El máximo tribunal no se pronunció sobre el fondo del asunto porque aún no hay sentencia. El juez de instrucción Claudio Bonadio cerró en marzo de 2018 la investigación y elevó la causa a juicio oral donde también serán juzgados Luis D'Elía, Carlos Zannini y Oscar Parrilli.
Como la Corte rechazó los recursos de queja presentados por la defensa de la senadora y líder del partido político Unidad Ciudadana, se mantuvo en pie lo determinado en diciembre de 2017 por Bonadio.
El magistrado –que tiene otras causas contra la exmandataria en su despacho- dictó el procesamiento con prisión preventiva de Cristina Kirchner y también pidió su inminente desafuero al Senado de la Nación para que espere el juicio oral y público en la cárcel.
Esa resolución de Bonadio había sido dictada en la causa iniciada a raíz de la denuncia del fiscal fallecido Alberto Nisman por el presunto encubrimiento del atentado a la AMIA.
El fallo del máximo tribunal contó con las firmas del presidente, Carlos Rosenkrantz, y del resto de los integrantes: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, y Horacio Rosatti.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Corrección Federal había confirmado los procesamientos de, entre otros, Cristina Kirchner y Oscar Parrilli, encuadrando el hecho en las figuras de estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado.
En la misma resolución el tribunal confirmó la prisión preventiva impuesta a la senadora, cuya ejecución efectiva se supeditó al resultado del proceso de desafuero requerido por el juez de instrucción que fracasó en el Senado.
Contra esa decisión, las defensas presentaron recursos de apelación, que fueron declarados inadmisibles por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por considerar que no se dirigieron contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
A raíz de ello, interpusieron sendos recursos extraordinarios, cuyos rechazos dieron origen a la intervención de la Corte Suprema.
Así, el máximo tribunal, con la firma de todos sus integrantes, desestimó las quejas por considerar que no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (conforme artículo 14 de la ley 48) pero no se expresó sobre la cuestión de fondo.
Por la Corresponsalía de Buenos Aires.