La Corte Suprema determinará este martes los índices con los que se actualizarán los salarios de referencia para calcular el haber inicial de los jubilados. Esta decisión tendrá impacto en 11.766 casos, que es el número de sentencias que llegaron apeladas por la ANSeS al Alto Tribunal.
De esta manera, la ANSeS deberá resolver esos expedientes de acuerdo a los parámetros que fije la Corte. También, sentará jurisprudencia para los juicios que están en trámite.
Según publico Clarín, la Corte rechazaría por tres votos a dos la apelación de la ANSeS y le daría lugar al fallo de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social que le otorgó una actualización superior. También, se podría pedir que el Congreso se pronuncie sobre la fórmula de cálculo.
El Alto Tribunal tomó como caso testigo el de Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 con un haber inferior al 50% del sueldo promedio. En el caso de que se confirme la sentencia de la Sala II, la retribución será de un 31% superior a la que le ofrece la ANSeS y una retroactivo un 50% mayor por la acumulación de esas diferencias durante 15 años.
El reajuste en el monto se entiende por el fallo en el caso Elliff en 2009. En ese entonces, determinaron que, entre 1995 y 2008, cuando entró en vigencia la ley de movilidad, esos salarios debían actualizarse por el ISBIC (índice de Salario Básico de la Industria y la Construcción). A partir de ello, los tribunales inferiores tomaron ese criterio y las tres Salas de la Cámara de la Seguridad Social lo ratificaron en sus sentencias.