La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hoy que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no puede revocar sentencias del máximo tribunal argentino y advirtió que si se admitiera que tiene esa facultad, se convertiría en una "cuarta instancia" revisora de los fallos de los tribunales nacionales.
La decisión fue tomada en el acuerdo celebrado con los votos del presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Carlos Rozenkrantz y Horacio Rosatti (este con sus propios fundamentos) y la disidencia de Juan Carlos Maqueda.
Los ministros desestimaron el planteo de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto por la cual se pedía que, como consecuencia del fallo de la Corte Interamericana dictado en la causa "Fontevecchia y otros c/ República Argentina", se dejara sin efecto una sentencia firme de la Corte Suprema.
La mayoría concluyó que el texto de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) no le otorga facultades a la CIDH para revocar sentencias nacionales.
Agregó que revocar su propia sentencia firme "en razón de lo ordenado en la decisión 'Fontevecchia' de la Corte Interamericana" implicaría privarla de su carácter de órgano supremo del Poder Judicial argentino y sustituirla por un tribunal internacional, en violación a los artículos 27 y 108 de la Constitución Nacional.
La CIDH resolvió en 2011 dejar sin efecto la sentencia de la Corte Suprema de la Nación que, una década antes, había condenado a los periodistas Jorge Fontevecchia y Héctor D'Amico por publicaciones realizadas en la prensa.