Para endurecer las medidas de emergencia tomadas durante la pandemia de coronavirus, el presidente les concedió a los gobernadores e intendentes de todo el país la potestad de "la fiscalización y el control" de los precios máximos de referencia.
Se trata de una lista de precios de productos de la canasta básica, de higiene y limpieza, "congelados" al seis de marzo y que no podrán aumentar al menos hasta el 20 de abril, en ningún comercio. La lista de los 2.300 productos está disponible en: argentina.gob.ar/preciosmaximos.
Decreto 351/2020 by Via País on Scribd
Así, con el decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial, desde el viernes los mandatarios municipales y provinciales tendrán ese control entre sus tareas: labrar las actas por incumplimiento y recolectar las pruebas, para que después la Secretaría de Comercio Interior nacional se encargue del juzgamiento de las infracciones.
Los mandatarios podrán requerir la asistencia de la fuerza pública, solicitar órdenes de allanamiento, secuestrar libros y clausurar preventivamente los locales hasta por tres días. También podrán dictar normas locales complementarias a la nacional, incluir otros productos en las listas y hasta bajar los precios de los contemplados, si el costo lo permite.
Para quienes incumplan con estos precios hay previstas multas de $500 a $10 millones y hasta clausuras de 90 días e inhabilitaciones por cinco años.