Rige el Certificado Único de circulación: quiénes deben tramitarlo y los exceptuados

Se debe presentar junto al DNI. La semana pasada la página para conseguirlo colapsó.

Rige el Certificado Único de circulación: quiénes deben tramitarlo y los exceptuados
Permisos para circular (Diario Textual)

Desde este lunes comienza a regir el Certificado Único Habilitante para circulación que anunció el Gobierno la semana pasada como parte de las medidas de emergencia ante la pandemia de coronavirus. Quiénes están exceptuados y quiénes deben tramitarlo.

Los trabajadores de las actividades consideradas esenciales deberán llevar consigo este permiso, además del DNI, para presentar en caso de que las autoridades lo requieran.

Es el caso, por ejemplo, del personal funerario, de la obra pública, transporte, lavandería, vigilancia, producción, venta y reparto domiciliario de alimentos o productos de higiene, entre otros.

Pero la Resolución 446/2020 también establece excepciones para quienes desarrollan 15 de las 24 actividades y servicios esenciales estipulados por la misma norma, "quienes deberán acreditar su condición a través de las formalidades y procedimientos que las autoridades competentes establezcan a tal fin".

También quedan eximidas las personas "que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor", dentro de las cuales se encuentra la búsqueda de protección ante casos de violencia por motivos de género.

Otra excepción son aquellos trabajadores del Sector Público Nacional que integren la "nómina de agentes que prestan servicios críticos", elaborada por "los titulares de cada jurisdicción, entidad u organismo descentralizado del Sector Público Nacional, o la autoridad delegada por estos", según lo estableció la Decisión Administrativa N° 427/20.

Instructivo Permiso de Circulación by Via País on Scribd

Quedan fuera también "los agentes públicos que presten servicios críticos" en el marco de "los poderes legislativo y judicial y las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales".

El certificado se tramita online en la web tramitesadistancia.gob.ar/.

Un hombre le muestra a la policía un certificado para poder circular libremente en la Estación Ferroviaria de Constitución, este viernes, en la ciudad de Buenos Aires (Argentina) EFE/ Juan Ignacio Roncoroni
Un hombre le muestra a la policía un certificado para poder circular libremente en la Estación Ferroviaria de Constitución, este viernes, en la ciudad de Buenos Aires (Argentina) EFE/ Juan Ignacio Roncoroni

Por todo esto, los obligados a tramitar el Certificado Único Habilitante son:

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

-Personal afectado a obra pública.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

-Servicios de lavandería.

-Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

También deberán tramitarlo las actividades y servicios incorporadas al listado de esenciales ?y por lo tanto exceptuadas de la prohibición de circular- en virtud de la Resolución Administrativa 429/2020; es decir: -Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.

-Producción y distribución de biocombustibles.

-Operación de centrales nucleares.

-Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.

-Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.

-Comisión Nacional de Valores, en caso de resultar necesario.

-Operación de aeropuertos. Operaciones de garajes y estacionamientos, con dotaciones mínimas.

-Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

-Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.

-Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas sólo para repartos domiciliarios.