El gobierno de la provincia aprobó la nueva Licencia Familiar Docente mediante el Decreto N° 1.441/5, normativa de aplicación a todo el personal docente del Sistema Educativo Provincial.
Se informó que entre los puntos más importantes de este decreto son los siguientes: Una licencia por nacimiento de hijo, de 180 días para aquellas agentes que hayan gestado un embarazo; la posibilidad de transferir hasta 60 días al otro responsable parental, si ambos son docentes, para compartir en condiciones de igualdad las tareas de cuidado y crianza en los primeros días de vida del recién nacido, conforme al concepto de responsabilidad parental compartida; la protección a las agentes reemplazantes o interinas cuyos ceses operen mientras se encuentran cursando un embarazo, quienes continuarán percibiendo su sueldo y contarán con cobertura médica hasta que finalice la licencia; el hecho de proyectar una familia y gestar un embarazo no interrumpirá la carrera docente.
Las agentes que se encuentren en uso de esta licencia podrán participar de llamados a cobertura de cargos y ser designadas, y tomarán posesión del mismo, una vez que se reintegren a trabajar; se incrementan los días de licencia para agentes que reciban guarda legal con fines de adopción, incrementándolos aún más cuando se trate de niños, niñas o adolescentes con discapacidad.