La Legislatura aprobó el cupo laboral trans en Santa Fe

La norma establece un piso mínimo de inclusión laboral de personas del colectivo LGBT en el empleo público dentro del Estado provincial.

La Legislatura aprobó el cupo laboral trans en Santa Fe
La Legislatura aprobó la ley de cupo trans en Santa Fe\u002E (Twitter)

Tras un pedido de varios años y una lucha constante en la provincia el colectivo LGBT, la Legislatura aprobó el cupo laboral trans en Santa Fe. El proyecto lleva la firma de Carlos del Frade y presenta una importante reivindicación del movimiento.

La iniciativa obtuvo luz verde en Diputados en septiembre de 2018. Desde ese momento lo trató la Comisión de Derechos Humanos del Senado donde finalmente fue aprobado con modificaciones y la Cámara baja le dio este jueves la sanción definitiva.

"Hoy es un día histórico para la provincia de Santa Fe. Con la aprobación de la ley de cupo laboral trans el Estado santafesino suma una nueva herramienta para la inclusión plena de travestis, transexuales y personas trans en todos los ámbitos de la vida social, cultural y política de nuestra sociedad", opinó el subsecretario de Políticas de Diversidad Sexual, Esteban Paulón.

La Legislatura aprobó la ley de cupo trans en Santa Fe. (Twitter)
La Legislatura aprobó la ley de cupo trans en Santa Fe. (Twitter)

"Este es un logro puro y exclusivo del colectivo de mujeres y varones trans que han dado batalla incansable para lograr esta ley. Y que han dado el debate en los territorios y han logrado previamente la aprobación de Ordenanzas de cupo trans en 10 localidades de toda la geografía santafesina", concluyó.

El cupo asegurará un 5 por ciento de los ingresos a los tres poderes del Estado para personas trans, travestis y transgénero. La ley de Cupo Laboral Trans también alienta a la contratación en el sector privado a través de convenios y pasantías.

La Legislatura aprobó la ley de cupo trans en Santa Fe. (Twitter)
La Legislatura aprobó la ley de cupo trans en Santa Fe. (Twitter)

Los beneficiarios “son aquellas personas, mayores de 18 años, con una residencia mínima de dos años en la provincia de Santa Fe, que hayan procedido a la rectificación registral del sexo, nombre e imagen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de Ley Nacional Nº 26.743 de Identidad de Género”.