Rechazaron la acusación contra el único imputado en el caso Rosalía Jara

El juez le pidió más precisiones a los fiscales para poder elevar a juicio la causa.

Rechazaron la acusación contra el único imputado en el caso Rosalía Jara
Rosalía Jara, joven asesinada en el norte santafesino\u002E (Archivo)

La causa contra Juan Valdéz, el único imputado por el crimen de Rosalía Jara, vuelve a estancarse. Es que el juez Banegas rechazó la acusación contra el joven profesor de educación física y padre de la hija de la adolescente asesinada. Sin embargo no lo sobreseyó.

Según señala el sitio Reconquista.com.ar, para el magistrado hay evidencias contra el hombre, quien seguirá preso, pero les solicitó a los fiscales que reformulen la acusación con más precisiones.

En la resolución, el juez argumentó que lo expuesto por los funcionarios judiciales "carece de claridad, precisión, circunstanciación y especificidad" que pide el Código Penal.

El magistrado les explicó a los acusadores que "claro es aquello que resulta inteligible, fácil de comprender; preciso es todo aquello perceptible de manera clara y nítida, realizado en forma certera, conciso, riguroso, conocido con certeza y sin vaguedad; circunstanciado implica aquello referido o explicado con toda menudencia, sin omitir ninguna circuntancia o particularidad; específico es algo concreto, preciso, determinado".

Y agregó: "Ninguno de estos adjetivos puede predicarse sobre los hechos atribuidos y esto surge de la mera lectura de los mismos, toda vez que entre el primero y el segundo de los hechos descriptos existen sensibles diferencias que atinadamente remarcó en su presentación la Dra. Reynoso y que el fiscal reconoció en oportunidad de responder, sosteniendo que las mismas obedecen a las variaciones de la plataforma fáctica surgidas con el correr de la investigación".

En la resolución, Banegas manifestó que "no se entiende por qué al momento de formular acusación, tanto el fiscal como la querella mantuvieron la redacción de la imputación primigenia e introdujeron agregados contradictorios mediante un segundo relato de los hechos, coincidente en algunos tramos pero disímil en otros, en lugar de formular un único relato claro, preciso, circunstanciado y específico, como exige la norma".

"Se obliga al imputado, a su defensa técnica y al magistrado que eventualmente deba resolver sobre el fondo del asunto, a realizar una serie de inferencias y conjeturas para adecuar ambos relatos, lo cual no puede ser admitido a esta altura del proceso, cuando los acusadores entienden contar, y así 10 han fundado, con elementos suficientes para obtener una sentencia condenatoria", indicó el magistrado.

El magistrado explicó que "aún si quien suscribe adoptase una actitud en exceso laxa respecto a este particular, la suerte de la pretensión acusatoria intentada no mejora al analizarse otros extremos del relato de los hechos: ni de la redacción originaria ni de la ampliación surgen elementos fundamentales del tipo objetivo y subjetivo, tanto en lo que respecta a la acusación principal como a la alternativa".

Según el juez, la acusación tanto de fiscales como querellantes no es precisa en cuanto a "tiempo y espacio" y pide "mayor estrictez" a la hora de definir el ocultamiento del cuerpo y buscar mediante esto la impunidad.

Más allá de esto, el juez mantuvo la prisión preventiva de Juan Valdez por considerar que las pruebas con las que se cuentan hasta el momento son "sustanciales", aunque ante esta resolución no sería extraño que la semana próxima se presente un pedido de excarcelación por parte de sus defensores.