Un hombre que abusó de su sobrina de 3 años fue condenado hoy por la Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial a sufrir la pena de 13 años de prisión tras encontrarlo; por mayoría de votos responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser la víctima menor de 18 años y por la situación de convivencia preexistente y por minoría de votos responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo.
La audiencia se celebró a través del sistema Cisco Webex, de acuerdo a la situación sanitaria vigente por la pandemia de Coronavirus. Participaron en forma remota el tribunal – conformado por los Dres. Anibal Astudillo, Daniela Estrada y María Silvia del Castillo de Insua-; el secretario, Dr. Héctor Alfredo Lazzari; el Fiscal de Cámara, Ernesto Lutens; la Defensora de Menores, María Víctoria Cortázar Furnari; el imputado y su abogado defensor, Dr. Germán Anabitarte y en representación del particular damnificado el Dr. Pascual Celdrán.
Ante el tribunal, la Defensora de Menores recordó su rol como representante de la niña y como el medio para que se garanticen sus derechos como víctima en el proceso penal. Aseveró que el hecho produjo un trauma de índole sexual en la menor. Adhirió al encuadre del delito formulado por el Fiscal de Cámara y solicitó se condene al acusado por el abuso de delito sexual con acceso carnal.
El Dr. Lutens compartió la calificación legal oportunamente formulada por Fiscalía en primera instancia y encuadró al hecho como un abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente. Solicitó una condena de 15 años de prisión.
El veredicto
Finalmente, el tribunal dio a conocer el veredicto, cuya resolución se transcribe a continuación: "Villa Mercedes (San Luis), veinte de octubre del dos mil veinte.
Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la VOTACIÓN DE MAYORÍA del Acuerdo que antecede y lo dispuesto por el art. 355 y siguientes del Código de Procedimientos Penal, SE RESUELVE: 1.-) DECLARAR al acusado, de datos personales obrantes en autos, AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE del delito de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER COMETIDO CONTRA UN MENOR DE 18 AÑOS APROVECHANDO LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA PREXISTENTE CON EL MISMO (Art. 45 y art. 119 párrafos primero y tercero en relación al inc. f del cuarto párrafo del Código Penal conforme ley 25.087), en perjuicio de y condenarlo a sufrir la pena de TRECE AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales y costas procesales; 2.-) Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, practíquese cómputo de pena por Secretaría y remítanse las actuaciones pertinentes al Juzgado de Sentencia para que asuma la correspondiente ejecución de pena.- Protocolícese, hágase saber y cúmplase.- FDO. DRES. ANÍBAL ATILIO ASTUDILLO – DANIELA ESTRADA.- Villa Mercedes (San Luis), veinte de octubre del dos mil veinte.