La semana pasada, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional una ordenanza municipal de la ciudad salteña de General Güemes que obligaba a la empresa Telefónica a trasladar las antenas de telefonía celular a 500 metros de la última vivienda de la ciudad.
Si bien las aguas del Concejo Deliberante del municipio salteño se encuentran polarizadas al respecto, la ordenanza buscaba brindar paz a los vecinos con respecto a la salud y cuidado ambiental, ya que son muchas las personas que aseguran que las antenas causan una radiación que genera problemas de salud como el cáncer entre los vecinos cercanos a las estructuras.
Sin embargo, la Corte declaró inconstitucional la ordenanza, y falló a favor de la empresa Telefónica, argumentando que la normativa municipal interfería en la competencia regulatoria, que, en este caso, es federal.
Los vecinos argumentan que las antenas producen graves problemas de salud, y que el fallo es contra la salud y el medio ambiente. Desde la empresa dicen que las antenas no son nocivas, y que de trasladarlas como indicaba la ordenanza, habrían dejado sin cobertura el hospital, distintos centros de salud, la comisaria, la municipalidad y otros.