Autorizaron a una mujer de San Lorenzo a contraer matrimonio con su hijastro

La Justicia santafesina declaró inconstitucional la aplicación del artículo 403 del Código Civil.

Autorizaron a una mujer de San Lorenzo a contraer matrimonio con su hijastro
La demandante consiguiu00f3 en los Tribunales el permiso que le habu00edan denegado en el Registro Civil.

Un juez de Familia de San Lorenzo falló a favor de una demandante de 45 años que había pedido autorización para casarse con el hijo de su esposo, quien falleció en 2010.

En diálogo con la emisora LT8, Marcelo Escola señaló que la mujer enviudó cuando su marido tenía 75 años. "Ella terminó cuidando a ese señor y tiempo después comenzó una relación con el hijo de 55", relató el magistrado.

A un mes de la resolución de la Justicia rosarina que permitió un matrimonio similar entre una mujer de 33 años y su hijastra de 32, el juez señaló que su dictamen "se hace en los mismos términos de ese fallo".

"Consideré que el derecho al amor, la felicidad y el proyecto de vida lo tenemos todos, no hay restricciones desde el punto de vista biológico", concluyó Escola respecto del supuesto parentesco que impide recibir autorización por parte el Registro Civil.