La actividad farmacéutica en la provincia de Córdoba está regulada por la Ley 8302, donde paradójicamente no se estipula la cantidad de farmacias que pueden radicarse en determinado barrio o sector poblacional, criterio restrictivo que sí se contempla en las normativas municipales.
Es la Organización Mundial de la Salud (OMS) la que plantea que debería haber -como mínimo- una farmacia cada tres mil habitantes. Río Primero tendría el doble.
El tema de contar con una ordenanza que regule más que la actividad, la cantidad de farmacias en el pueblo, surgió como iniciativa del Círculo de Farmacéuticos de Río Primero, conformado en 2015 para la presentación del proyecto. Según consta en acta, los farmacéuticos locales requerían "las garantías del Municipio para que no se instale una farmacia cooperativa, sindical o mutual, ya que estas competirían con ventajas impositivas sobre las ya existentes".
Fue así que el Círculo de Farmacéuticos logró regular a través de la Ordenanza Nº 1516, del 15 de septiembre de 2015, la distancia mínima entre farmacias (300 metros); la ubicación de las nuevas en zonas aledañas al casco céntrico fundamentando la limitación de no poder hacerlo en las Avenidas Sarmiento, Mitre y San Martín, en que así se beneficiaría al vecino por la mayor accesibilidad a las mismas, a la vez que se estaría atendiendo el desarrollo urbanístico del pueblo; y que ninguna pueda sobrepasar una superficie de 100 metros cuadrados cubiertos.
Estos argumentos sostienen que los límites promoverían un sistema sanitario más integrado y con eje en el medicamento como bien social. En la presentación realizada ante los ediles el 1 de septiembre de 2015 del presidente del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Córdoba, Germán Daniele, remarcó que la actividad farmacéutica no es comercial sino sanitaria, y que es un servicio de salud lo que brindan los profesionales.
En la oportunidad también se señaló que la "idea es regular y no prohibir", agregando que "si hay alguien que quiere poner una farmacia lo puede hacer pero en los lugares donde haga falta".
Algunas críticas que se hicieron oír sobre la normativa, se centraron en la defensa del mercado desregulado, marcando que las restricciones no serían legales toda vez que impiden el libre comercio, derecho contemplado en la Constitución Nacional, remarcado que esta ordenanza sólo tendería a sostener los privilegios de un grupo reducido de profesionales, y que de igual manera podrían expresarse arquitectos, peluqueros, mecánicos, etc.
Mientras las negociaciones avanzan, en la sesión del Concejo Deliberante de Río Primero del martes 14 de mayo, las farmacéuticas se expresaron