El senado nacional aprobó declarar en emergencia a Bahía y Coronel Rosales

Es a raíz de las inundaciones del 7 de marzo. Por 180 días crea un fondo para infraestructura y subsidios. Lo más destacado de cada artículo.

El senado nacional aprobó declarar en emergencia a Bahía y Coronel Rosales
Alrededor de un centenar de personas fueron asistidas en Punta Alta a causa del temporal. (Foto: Rolando Ramos).

El Senado de la Nación aprobó la declaración de emergencia para Punta Alta y Bahía Blanca, a raíz de las consecuencias de las inundaciones del pasado 7 de marzo.

Juliana Di Tullio y Eduardo “Wado” De Pedro (UxP) y Maximiliano Abad (UCR) fueron los legisladores que presentaron el proyecto, a través del cual se declara a toda la región como zona de emergencia y en situación de catástrofe por 180 días.

Para esto se crea un fondo especial de 200 mil millones para atender los daños ocurridos durante el temporal y que se destina a subsidios y créditos; tambien se otorgan plazos de gracia para distintas obligaciones civiles y comerciales.

Los beneficios, artículo por artículo

  1. “Declárase zona de emergencia y en situación de catástrofe, durante el término de 180 días a la provincia de Buenos Aires, especialmente a los municipios de Bahía Blanca y Coronel Rosales.
  2. Creación de un fondo especial de 200 mil millones de pesos -o la suma necesaria- “para atender los daños ocurridos” durante el temporal,
  3. Este fondo se destinará a otorgar subsidios y créditos para la reconstrucción de la estructura edilicia pública del Estado nacional, provincial y municipal afectada; para la construcción y reparación de viviendas de la población afectada (...). Estos tendrán como destinatarios “familias cuya vivienda única y de habitación permanente, haya sido afectada total o parcialmente a causa de las inundaciones”; “pequeñas y medianas empresas afectadas, a los efectos de su reinserción productiva”.
  4. (...) A quienes hayan perdido totalmente su fuente de ingreso -estando así en situación de emergencia económica-social-, se les otorgará un plazo de gracia de al menos 180 días, en situaciones jurídicas como contratos civiles y comerciales con prestaciones recíprocas; operaciones bancarias y financieras, y ejecuciones hipotecarias, prendarias, judiciales y extrajudiciales. 
  5. Las obras de infraestructura que se realicen, deberán ser realizadas preferentemente con recursos humanos de las zonas afectadas y con los materiales de las mismas. 
  6. El Ejecutivo nacional deberá informar al Congreso Nacional sobre las medidas adoptadas.
  7. El Banco de la Nación Argentina deberá crear una línea de financiamiento a tasas preferenciales y con un plazo de gracia, destinada para la reconstrucción de viviendas familiares afectadas y asistencia a sectores productivos damnificados.