"Desde la Dirección de Habilitaciones queremos recordarles que la inscripción de los locales para venta de pirotecnia cesará el 10 de diciembre del corriente año, y por ende, deberán asegurarse, la nueva inscripción, frente a estos días de tantas ventas", aseguró el responsable del área.
Asimismo informaron que se encuentra vigente la Ordenanza Municipal 8275/15 la cual prohíbe en todo el Partido de Pergamino la venta al público y el transporte de:
Globos aerostáticos encendidos
Artificios pirotécnicos clasificados como c4b
Artificios pirotécnicos clasificados como b3 dentro de la denominación de mortero
Mortero con bomba con efecto estruendo
Bombas de estruendo
La comercialización de los productos pirotécnicos se llevará a cabo por comercios debidamente autorizados desde el 15 de diciembre y hasta el 31 de diciembre inclusive.
Cabe aclarar que para la autorización de los locales interviene la Delegación de Explosivos de San Nicolás, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.