Régimen Jurídico para menores: nuevo Consejo de Niñez y Adolescencia

El proyecto del Poder Ejecutivo ya ingresó en la Legislatura. 

Régimen Jurídico para menores: nuevo Consejo de Niñez y Adolescencia
Consejo de Niñez y Adolescencia

El Gobierno provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley sobre el Régimen Jurídico de Protección de las Personas Menores de Edad. A través de esta iniciativa, se ordenan los procedimientos judiciales y administrativos, se distribuyen los roles y acciones que debe seguir cada área y poder interviniente, se dictan protocolos de acción y se trabaja de manera interdisciplinaria cada caso, entre otros aspectos.

Como el objetivo está centrado en adecuar los procedimientos para lograr el bienestar de las personas menores, en la iniciativa hasta se establece el dictado y cumplimiento de protocolos de actuación ante diferentes casos, que incluyen el monitoreo y resolución de cada situación.

Si el proyecto se transforma en ley, se establecerá por primera vez en la historia de Mendoza un régimen jurídico para las familias y los menores de edad. En la actualidad, estas problemáticas son abordadas bajo los preceptos determinados en una Acordada de la Suprema Corte de Justicia del 28 de noviembre de 2008. Allí se fijan los procedimientos que hoy existen: Procedimiento de Actuación del Órgano Administrativo Local de aplicación (OAL) y el Protocolo de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal).

La Acordada de la Corte se elaboró para aplicar en Mendoza la Ley Nacional 26061 (Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes), aprobada en 2006 por el Congreso. La realidad muestra que ninguno de los gobernadores de los últimos 12 años adhirió a Mendoza a la normativa nacional con una ley. Sólo se ha trabajado sobre el pasado, el presente y el futuro de las personas menores con este recurso.

La normativa presentada en la Legislatura se adecua los preceptos de la Constitución Nacional, la Convención Internacional de los Derechos del Niño, los Tratados Internacionales en los que el Estado sea parte, el Código Civil y Comercial de la Nación y la legislación nacional.

En líneas generales, la iniciativa: Regula la protección integral de las personas menores de edad, como sujetos principales de sus derechos.

Dispone que las políticas públicas deben orientarse a la contención de las personas menores en el núcleo familiar, prioritariamente.

Regula sobre las corresponsabilidad que tienen la familia y los organismos del Estado que deben asegurar el pleno desarrollo de las personas menores para que puedan gozar de una vida plena y digna.

Determina que el Estado debe establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas y la adopción de acciones y medidas de protección de derechos a través de sus distintos organismos.

La autoridad de aplicación de esta norma es la Subsecretaría de Desarrollo Social y se crea la Dirección General de Protección de Derechos de las Personas Menores de Edad como ente descentralizado que tendrá como objetivo la promoción, protección y restitución de los derechos de las personas menores de edad.