La Corte Suprema de la Nación revocó un fallo y mandó proseguir el trámite de una demanda contra el Gobierno de Mendoza por la supuesta violación, por parte de la cadena Farmacity, de normas que rigen la radicación y actividad de establecimientos farmacéuticos en la provincia.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza había decretado la "caducidad de instancia" de la causa, o sea el archivo del expediente por falta de impulso procesal, pero el máximo tribunal de la Nación concluyó que no se tuvieron en cuenta medidas de prueba pedidas por los demandantes, que son farmacéuticos mendocinos colegiados que consideran que se ha vulnerado la legislación provincial.
La acción "procesal administrativa" contra el gobierno local, en la que Farmacias del Águila S.A. actúa como "tercero codayuvante" (colaborador) de la parte demandada, fue promovida por el Colegio Farmacéutico, la Cámara de Farmacias y el Centro de Empresarios Farmacéuticos de Mendoza.
Las entidades sostuvieron que la cadena internacional Farmacity, a la que calificaron como un "monopolio despersonalizado", con "sede en un paraíso fiscal", vulneró normas cuando, a partir de 2008, decidió adquirir las marcas mendocinas Del Águila y Farmacias Mitre.
Para el sector farmacéutico local se violaron normas sobre transferencias de fondos de comercio y requisitos para el establecimiento en la provincia de ese tipo de comercios.
Según la demanda se trató de un proceso ilegítimo, porque mientras la ley 7.303 de 2004, que regula a las sociedades colectivas o de responsabilidad limitada del sector, fija hasta 2 farmacias por persona física o ideal como tope, Farmacity, al comprar Del Águila y Mitre, explota 21 sucursales.