Belén San Román no pudo pedir ayuda a tiempo. El 30 de novimbre de 2020 avisó a su jefa del Comando de Prevención Rural de la policía de Bragado que la perdonara por lo que iba a hacer. Sus compañeros llegaron rápidamente a su casa, pero escucharon el disparo desde afuera. Cuatró días más tarde, la oficial de 25 años y mamá de dos hijos murió.
La joven llegó a esa trágica decisión luego de ser víctima de la viralización de un video íntimo sin su consentimiento. Unos meses antes, había tenido una relación virtual con Tobías Villaruel, pero el calvario comenzó cuando ella le puso fin al vínculo.
“A partir de ahí, esta persona empieza a hostigarla, a amenazarla, a pedirle plata para no difundir imágenes íntimas que él había obtenido al grabar sin su consentimiento una videollamada”, relata el papá de Belén, Marcelo San Román, un expolicía que hoy reparte pan en Bragado.
La chica juntó toda la plata que pudo, incluso vendió hasta su auto para cumplir con la extorsión. “Así y todo, las difundió”, dice San Román. En apenas unos días, el material se difundió entre los vecinos de la ciudad en la que ella trabajaba como policía.
Ley Belén, la necesidad de que exista una condena
En la actualidad, la viralización de material sin consentimiento no es delito. Por ello, el lunes pasado ingresó al Congreso el proyecto de ley que busca penalizar la obtención y difusión no consentida de material íntimo: la “Ley Belén”.
“Ojalá que todo el calvario de mi hija ayude a otras mujeres”, subraya San Román. Y agrega: “Cada persona es dueña de manejar su intimidad como quiera y, más allá de lo que cada uno piense, el sexo virtual es una realidad. Sin embargo, eso no da derecho a que una de las partes difunda y viralice ese material. El daño que se le hace a la otra persona es enorme”.
El padre de Belén participó del acto de presentación del proyecto, en el que estuvieron legisladores, funcionarios, referentes de organizaciones y víctimas. El hombre asegura que haber ido fue movilizador, sobre todo, al escuchar el testimonio de otras personas que pasaron por lo mismo que su hija.
“Las chicas no tenían consuelo. Una de ellas decía: ‘Siento que mi cuerpo no me pertenece más, porque anduvo por todos lados’. Eso me permitió dimensionar todo lo que sufrió mi hija en silencio”, admite.
Belén vivía con sus dos hijos pequeños, Lucía y Benjamín. “Había sido mamá por primera vez a los 16 años. Así y todo terminó sus estudios. Estaba muy unida a Lucía. Cuando empezó el curso para ser policía, le escribió una carta diciéndole que todo el sacrifico era por ella”, recuerda Marcelo.
A Benjamín Belén le enseñó a decir “te amo, abuelo Marcelo”. “Hoy, cada vez que me lo dice, no puedo evitar que se me llenen los ojos de lágrimas porque detrás de eso está mi hija”, dice San Román.
Respecto del responsable de la extorsión, detalla: “Cuando mi hija lo conoció, estaba privado de su libertad, así que todo el vínculo fue virtual. No sé si todo habrá sido premeditado porque durante nuestra investigación, aparecieron dos chicas más que habrían sido contactadas por él con los mismos fines”.
Según San Román, la UFI N°6 de Mercedes no avanzó satisfactoriamente en el caso. “El fiscal Carcagno no tiene interés en investigar. Ya archivó la causa una vez y nuestra abogada tuvo que presentar pruebas para reactivarla. Es muy triste sentir que para la Justicia está bien que todo quede en nada”, resalta.
En busca de leyes para promover el cambio cultural
El pasado lunes, la diputada Mónica Macha (Frente de Todos) presentó en el Congreso dos proyectos de ley. El primero es conocido como Ley Belén (en honor a Belén San Román) y busca penalizar la obtención y difusión no consentida de contenido íntimo, la sextorsión y el montaje digital en videos pornográficos.
El segundo es la Ley Olimpia Argentina, en honor a Olimpia Coral Melo, una mujer mexicana que fue víctima de la difusión no consentida de material íntimo. Este tiene por objetivo incorporar la digital como otra forma de violencia contra las mujeres, lo que facilitaría la generación de políticas públicas para prevenir y asistir a las víctimas.
“Es importante pensar ambas leyes conectadas porque sabemos que a veces sólo una instancia penal no alcanza. Para prevenirlas, hay que tratar de generar un cambio cultural con políticas públicas para remover estas conductas desde el primer momento”, explica la abogada Florencia Zerda, integrante de Género y TIC, (Gentic) una organización civil con el tema, y que está detrás de ambos proyectos.
“Consideramos que es una deuda pendiente con nuestra sociedad. En los últimos diez años se presentaron más de 20 proyectos que buscaban penalizar este tipo de prácticas y ninguno prosperó. Esto es grave porque si no hay leyes tampoco se generan políticas públicas. A este tipo de violencia se la invisibiliza o minimiza pensando que no pasa nada porque es virtual. Lo que nosotras decimos es que lo virtual es real”, aseveró Zerda. Entre las consecuencias que enfrentan las víctimas, mencionó.
- Trastornos psiquiátricos (como intentos de suicidio, ataques de pánico, conductas autoflagelantes y delirios persecutorios)
- Pérdida de empleo
- Cierre de las redes sociales de la víctima
- Problemas vinculares
Cómo identificar un hecho de violencia digital
La organización Género y TIC tiene detectadas las múltiples formas que puede tomar la violencia de género digital. Algunas de ellas son:
- Difusión no consentida de material íntimo: consiste en la divulgación, distribución, compilación, comercialización o publicación por cualquier medio de material digital íntimo que retrata, con o sin consentimiento, a una persona mayor de edad que no autorizó su difusión. Se trata de imágenes de desnudez o semidesnudez obtenidas en un ámbito de intimidad, o de contenido sexual explícito o erótico de una persona.
- Obtención y difusión de material de desnudez: se retrata sin consentimiento a una persona fuera de un marco íntimo sexual y se violenta su privacidad e imagen.
- Violencia sexual exhibida en internet: según la organización, es cada vez es más frecuente ver en los estrados judiciales o en los medios, casos de abusos sexuales en los que existe un video o imágenes del hecho. Muchas mujeres además son retratadas mientras son explotadas sexualmente.
- Sextorsión: es una modalidad del delito de extorsión o de amenazas en la que se coacciona a la víctima bajo amenaza de poner su material íntimo en conocimiento de terceros.
- Discurso de odio de género en línea: se trata de alocuciones que promueven o justifican, de manera directa o indirecta, de manera explícita o implícita, el sexismo, la misoginia, el machismo y el antifeminismo.
- Acoso virtual: hostigamiento y persecución perpetrada a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), los servicios de mensajería, las redes sociales y cualquier mecanismo, aplicación o programa que implique el uso de tecnología. Tiene diversas formas: el acoso virtual de índole sexual, el de índole difamatorio y el cibercontrol.
- Suplantación de identidad digital: es la acción de quienes se hacen pasar por otra persona (la “víctima”), creando un perfil falso en las redes sociales o la web, con la finalidad de causarle un perjuicio.
- Doxing o Doxxing: es la acción dañina por intermedio de la cual se difunde información privada de una persona a través de las TIC.
Dónde pedir ayuda y denunciar
- Línea 144: brinda asistencia y orientación a las víctimas de violencia de género
- En la oficina más cercana que tome denuncias por violencia de género
- En la fiscalía de turno
- Género y TIC: la organización brinda asesoramiento jurídico y psicológico; se los puede contactar por Instagram haciendo click aquí o por mail a: gentic.org@gmail.com