La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) otorga la posibilidad a los jubilados y pensionados de asignar a un apoderado para que pueda realizar trámites o cobrar los haberes. Para esto, es necesario seguir ciertos pasos y cumplir determinados requisitos.
A quién está dirigido
El apoderado está dirigido a personas titulares de jubilaciones y pensiones que no están en condiciones de realizar sus trámites ante ANSES o percibir sus haberes por dificultades para deambular o residir fuera del país.
Quienes pueden ser apoderados
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Tutores o curadores.
- Abogados y gestores registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o instituciones similares públicas o privadas.
Cuáles son los requisitos para ser apoderado
Para poder ser apoderado se deben cumplir una serie de requisitos:
- Ser mayor de 18 años o estar emancipado.
- Presentar el DNI del titular y del apoderado (copia y original).
- En caso de ser cónyuges, presentar el acta o certificado de matrimonio en original y copia. Otros parientes deben presentar documentación que acredite el parentesco.
- Para los apoderados legales, se debe presentar el permiso o sentencia que establezca la legalidad de la tutela.
Qué documentos se necesitan
Para poder designar a un apoderado se debe reunir la siguiente documentación:
- DNI del titular y de la persona elegida como apoderado (original y copia).
Para cónyuges
- Acta/certificado de matrimonio en original y copia.
Para familiares u otros parientes
- Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI) o información sumaria judicial.
Para bancos
- Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.
Para tutor
- Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.
Para curador
- Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
Para abogados
- Credencial vigente, Formulario PS 6.4 - Carta Poder, Formulario PS 6.300 - Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970 (moratoria previsional) o Formulario PS 6.304 - Carta Poder Régimen Ley N° 24.476.
Cómo realizar el trámite
Para poder designar a un apoderado, el trámite se puede realizar de varias maneras:
A través de la web:
- Ingresar usuario y Clave de Seguridad Social en el sitio web de ANSES.
- Seleccionar la opción de Atención Virtual.
- Hacer clic en tramitar el poder.
- Completar los datos del representante asignado.
De forma presencial:
- Solicitar un turno en línea para las oficinas de ANSES.
- Presentar la documentación necesaria en la oficina asignada.