La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de ley para resolver el drama de casi 100.000 familias tomadoras de créditos hipotecarios UVA. La iniciativa cuenta con apoyo del Frente de Todos, bloques aliados y solo una parte de Juntos por el Cambio, que no pudo unificar una postura.
Entrada la noche, se preveía una ola de abstenciones en la coalición opositora y algunos votos radicales a favor, que lograba atraer el mendocino Julio Cobos, principal impulsor de la ley. El Frente de Izquierda y los bloques liberales, en cambio, optaban por el rechazo. En definitiva los votos fueron: 134 a favor, 40 en contra y 18 abstenciones.
El proyecto, que luego debe pasar por el Senado, fue fruto de una ardua negociación entre Cobos y Carlos Heller, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.
“Hoy no existe el crédito hipotecario porque se rompió la equidad contractual entre la evolución del salario y la evolución de la inflación, y esa equidad es la que se debe mantener en todos los contratos a largo plazo”, fundamentó Cobos.
Según precisó, en 2016 se otorgaron 9.000 créditos; en 2017, 75.000; en 2018, 81.000; en 2019, 10.000; y a partir de 2020 “prácticamente ninguno”. “Lo que pasó fue que a partir de septiembre de 2018, el salario perdió contra la inflación, y por eso aparecieron medidas y sugerencias de los tres poderes”, agregó.
El debate enfrentó a Cobos con el economista Martín Tetaz, alineado al senador Martín Lousteau, que había encabezado un dictamen de minoría con algunas similitudes pero también diferencias, sobre todo en lo vinculado al aporte de los bancos.
“Nuestro planteo fue no crear un problema donde el problema no existe. Sí, la gente que sacó un crédito hipotecario está penando para poder pagar la cuota y es pobre igual que los 40 millones de argentinos que han visto caer su salario real entre un 20% y un 25% en los últimos años. Pero esa caída afecta por igual al que tomó un crédito UVA y al que alquila”, planteó Tetaz.
Qué dice el proyecto
Las cuotas adeudadas se ajustarán por índice RIPTE (salario formal de la economía). Si la diferencia entre la cuota calculada en base a salarios resulta menor que la calculada por UVA, el deudor pagará ajuste por salarios y la diferencia será compensada con aportes mensuales de los bancos, a través de un “Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario”.
Pero si la cuota calculada por salarios resulta mayor a la calculada por UVA, igualmente prevalece la más baja, es decir, el deudor pagará en función de la inflación.
El aporte de los bancos será de hasta el 0,0025% del promedio de los saldos diarios de los depósitos en pesos y en moneda extranjera. Además, el Banco Central podrá integrar el Fondo con las primas que aporten los tomadores de nuevos créditos.
“El problema es inmenso para las más de 95.000 familias tomadoras de crédito, pero es ínfimo para el sistema financiero: los créditos UVA representan el 2% de los créditos y solamente el 0,9% de los depósitos”, sostuvo Cobos.
Para créditos ya otorgados, el cálculo en base a salarios tomará como período base el 1° de enero de 2023. El mendocino proponía que el cómputo sea desde agosto de 2019, cuando se produjo el primer congelamiento.
El importe de la cuota no podrá superar el 30% de los ingresos de los deudores. Si eso ocurre, se deberá extender el plazo del crédito, aunque en no más de un 25% del plazo originalmente pactado.
Por otra parte, si el deudor se encuentra desocupado, el Fondo se hará cargo de hasta las tres primeras cuotas acaecidas en mora.
Además, se podrán deducir del impuesto a las Ganancias los intereses de créditos hipotecarios hasta el límite de tres salarios mínimos (actualmente son 20.000 pesos, que ascenderán a 240.000 pesos).
También se suspenden los juicios de desalojo y embargos por un año y se obliga a las familias que accedan a la ley a que desistan de cualquier acción judicial en trámite.
La propuesta de Tetaz compartía la actualización de las cuotas por RIPTE; la ampliación del plazo del crédito en caso de que la cuota supere el 30% de los ingresos familiares; y la creación de un Fondo de Compensación, que intervendría solo en los casos donde la inflación aumente más que los salarios (y no a la inversa, como se aprobó).
“Dado que, por su diseño, el fondo de compensación se encuentra balanceado y se autofinancia, el aporte de los bancos será por única vez o si se produce alguna situación de excepcionalidad que así lo requiera”, proponía Tetaz en su dictamen, que no prosperó.