Los montos de las multas de la Policía Caminera suben desde este viernes 8 de marzo, como consecuencia del incremento del precio de la nafta con el que se define cada Unidad Fija de Multa (UF).
Según está publicado en el Boletín Oficial, se toma como valor de referencia el valor de venta al público de la nafta súper de la marca YPF, que está en 42,86 pesos.
El nuevo valor tiene vigencia desde este viernes y "hasta que se determine un nuevo precio mediante la resolución respectiva".
Los nuevos valores
Multas leves. Los conductores afrontarán sanciones que van de 20 a 100 UF. Es decir, entre 857,20 pesos y 4.286 pesos. Ejemplo: conducir fumando, estacionar en autovías o autopistas.
Infracciones graves. El parámetro va de 100 y 200 UF, lo que se traduce entre 4.286 pesos y 8.572 pesos. Ejemplos: no llevar las luces encendidas en las rutas; no usar el cinturón de seguridad.
Muy graves. Equivalen de 200 a 400 UF, que ahora pasarán a costar entre 8.572 y 17.144 pesos. Casos: cruzar semáforos en rojo; conducir en contramano.
Máximas. Las sanciones máximas son las que se ubican entre 1.200 y hasta 2.000 UF. En este segmento, los valores irán de 51.432 (este es el valor máximo por conducir alcoholizado, por ejemplo) a 85.720 pesos (las multas más elevadas no son solo para conductores, sino para privados, por ejemplo, que realizan obras en la vía pública sin contar con autorización del ente competente).