Los condenados por delitos de violencia de género no podrán ejercer funciones públicas

Así lo determinó el Concejo Deliberante luego de aprobar un proyecto de modificación de la ordenanza 10.754, que refiere al Código de Ética.

Los condenados por delitos de violencia de género no podrán ejercer funciones públicas
Concejo Deliberante Córdoba\u002E

Toda aquella persona que haya sido condenada por delitos de violencia de género no podrá ejercer la función pública en la Municipalidad, luego de una votación por unanimidad del Concejo Deliberante, este jueves.

El bloque Vamos había presentado un proyecto de modificación de la ordenanza 10.754 que generó un acuerdo por unanimidad. Esta ordenanza refiere al Código de Ética para el ejercicio de la función pública. El proyecto establece que "toda persona condenada mediante sentencia judicial firme por delitos vinculados con la violencia de género no podrá ejercer función pública en el Estado Municipal".

"Existía una ordenanza (12.466) impulsada por una concejala oficialista que sostenía que los empleados no debían tener una sentencia. Y nosotros consideramos que no debe haber funcionarios sentenciados por violencia de género en toda la planta municipal. Velar por una protección clara de los derechos de las mujeres es una política de Estado", explicó la edil Eugenia Reales, según comento La Nueva Mañana.

A su vez, el mismo bloque de concejales presentó el proyecto de adhesión a la Ley Nacional N° 27.499, conocida como Ley Micaela. El mismo también fue votado por unanimidad y se refiere a la capacitación obligatoria de género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. De esta manera, la legislación también se aplicará a nivel municipal.​

Por último, Córdoba fue declarada por el Concejo Deliberante como "Ciudad protectora de niñas, niños y adolescentes, víctimas de violencia intrafamiliar o de género". Esto implica una cuota mensual para aquellos niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas de ese tipo de violencia.​