Una ley por cambiadores de bebés en baños públicos recibió media sanción

De esta manera, deberá ser sancionada por Diputados. "La provincia de Buenos Aires aún no cuenta con esta normativa", indica el proyecto.

Cambiadores de bebes.
Cambiadores de bebes.

El Senado bonaerense dio media sanción a un proyecto de ley que establece la obligatoriedad de instalar cambiadores de pañales para niños y niñas en baños públicos tanto de mujeres como de hombres.

La iniciativa, que fue aprobada este miércoles y ahora deberá ser sancionada por Diputados, dispone que "en al menos uno de los sanitarios públicos de ambos sexos de los edificios de uso público, sean estos de propiedad pública o privada, cuya superficie sea igual o mayor a 2000 m2".

A la vez, el proyecto determina que los establecimientos que se encuentren habilitados con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley, deberán adecuarse a la norma en un plazo de 12 meses. Mientras que dispone sanciones y multas para quienes infrinjan el cumplimiento de la ley.

Entre los fundamentos de la norma, se explica que "varias ciudades han adoptado esta medida, entre ellas la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Santa Fe, Río Grande, Ushuaia y San Fernando del Valle de Catamarca".

"La provincia de Buenos Aires aún no cuenta con esta normativa, y un cambiador es una herramienta sencilla, de bajo presupuesto y fácil colocación que sirve para conservar la salud, protegiendo a niños y niñas de ser cambiados en lugares riesgosos, desprovistos de seguridad e higiene", añade.

"Además es importante que el Estado acompañe a madres y padres en las tareas de cuidado ya que estas no son exclusivas de las mujeres", agrega.

Y apunta que "todavía existan ámbitos que no son adaptados para que las mujeres puedan desarrollarse y en este sentido es que el estado debe garantizar las herramientas para que esto ocurra igualdad de oportunidades".

El proyecto es de autoría de los legisladores Agustín Maspoli y Gabriel Monzó.