Multas de hasta 86 mil pesos a quienes participen de reuniones sociales en Azul

Además, el municipio de Azul dispuso nuevos protocolos para quienes vengan de localidades en Fase 1, como Olavarría y Necochea

Multas de hasta 86 mil pesos a quienes participen de reuniones sociales en Azul
municipalidad de azul

Luego de la confirmación de un nuevo caso positivo en Azul y del brote de coronavirus en Olavarría, el municipio dispuso nuevas medidas en el partido para combatir la pandemia. A partir de ahora, todas las personas que ingresen al partido de Azul de distritos que se encuentren en Fase 1, como Olavarría y Necochea, deberán cumplir nuevos protocolos. Además, instauraron nuevas penas para quienes participen de reuniones sociales.

NUEVOS PROTOCOLOS

Aquellas personas que por su actividad sean considerados esenciales por DNU 297/20 deberán completar la ficha epidemiológica y la hoja de ruta en cada uno de los ingresos a Azul cuando vengan de localidades en Fase 1, como Olavarría y Necochea, o zonas de tranmisión comunitaria. El municipio recomienda a los transportistas que cumplan con todas las medidas sanitarias requeridas y arbitren los medios para que los viajes a estas localidades sean los indispensables.

Por otro lado, los vecinos con domicilio en el partido de Azul que realicen tratamientos médicos en los municipios en Fase 1 o en aquellos de transmisión comunitaria deberán realizar la cuarentena de 14 días conforme lo establece el Ministerio de Salud de la Provincia.

Asimismo, quienes ingresen al Partido en forma transitoria por razones médicas desde las zonas antes mencionadas deberán llenar la planilla epidemiológica.

En tanto, no podrán entrar al distrito aquellas personas no esenciales que sin justificación deseen hacerlo.

REUNIONES SOCIALES

Luego de lo sucedido en Olavarría, el municipio dispone que no se podrá realizar reuniones sociales. De constatarse las mismas, los participantes serán sancionados con una multa máxima de 86 mil pesos. En tal sentido, se solicita a los vecinos que por denuncias vinculadas a este incumplimiento se comuniquen al 911.

FICHA EPIDEMIOLÓGICA

Por otra parte, se recuerda que es importante dar cumplimiento en comercios esenciales y no esenciales al llenado de la ficha epidemiológica con cada una las personas que ingresen a los mismos.

ZONAS DE TRANSMISIÓN COMUNITARIA

Las zonas definidas por el gobierno nacional como de transmisión comunitaria son: • Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

• Provincia de Buenos Aires: o Área Metropolitana de la provincia de Buenos Aires.

o RS V (completa): General San Martín, José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Vicente López, Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, Pilar, Zárate.

o RS VI (completa): Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes.

o RS VII (completa):Hurlingham, Ituzaingó, Merlo, Moreno, Morón, Tres de Febrero, General Las Heras, General Rodríguez, Luján, Marcos Paz.

o RS XI: Berisso, Brandsen, Cañuelas. Ensenada, La Plata, Presidente Perón, San Vicente.

o RS XII: La Matanza.

• Provincia del Chaco: Resistencia, Barranqueras, Fontana y Puerto Vilelas.

• Provincia de Chubut: Ciudad de Trelew.

• Provincia de Córdoba: Ciudad de Córdoba.

• Provincia de Río Negro: Bariloche y Cipoletti.